
En diciembre aumentan las celebraciones laborales. Algunas se hacen durante la jornada; otras, en bares o restaurantes. En muchas de ellas hay licor disponible, ya sea ofrecido por la empresa o comprado por decisión del personal. Estas situaciones generan dudas legales, sobre todo cuando ocurren agresiones, acoso sexual o peleas.
Según explicaron las abogadas Paola Gutiérrez Mora y María Marta Salazar Muñoz en declaraciones para una nota publicada por La Nación, el consumo de alcohol no exime de responsabilidades laborales, incluso si el evento sucede fuera del horario ordinario.
Actividades con licor dentro del trabajo
Cuando la empresa organiza una fiesta en horario laboral o en el centro de trabajo, el entorno sigue estando bajo su responsabilidad. En ese caso, aunque se permita el consumo de bebidas alcohólicas, el colaborador no queda libre de sanciones si incurre en una conducta inapropiada.
Según explicó Salazar, estas situaciones deben analizarse con detalle, para distinguir entre un hecho aislado o una condición médica como el alcoholismo.
Gutiérrez señaló que ni el estado de ebriedad ni la autorización para tomar licor son justificaciones válidas ante un acto violento, ofensivo o que perjudique a la empresa o sus compañeros.
La especialista indicó que existe jurisprudencia de la Sala II que respalda medidas disciplinarias si lo sucedido durante una actividad social afecta el entorno de trabajo, incluso cuando no ocurrió en horas laborables.
Un ejemplo claro es el de una insinuación sexual. Si alguien se sintió ofendido durante una fiesta, tiene el derecho de presentar una denuncia formal en la empresa el siguiente día hábil. El hecho de que el evento haya sido recreativo no impide una investigación por acoso sexual.
Como medida preventiva, algunas compañías decidieron restringir o eliminar por completo el alcohol en este tipo de celebraciones.
Otro punto relevante es la relación entre estas actividades y la cobertura del Instituto Nacional de Seguros (INS). Si hay licor involucrado en una salida a la playa organizada por la empresa y se produce un accidente, la póliza de riesgos laborales podría no aplicar, ya que el alcohol es un factor de exclusión.
Salidas con compañeros fuera de la empresa
Otro escenario común ocurre cuando los colaboradores deciden reunirse de manera informal después del trabajo. Aunque en estos casos la empresa no organiza ni financia la actividad, existen circunstancias que podrían afectar la imagen institucional.
Salazar considera que se deben evaluar factores como si la persona portaba uniforme o si se identificaba como parte de la empresa durante el evento.
Gutiérrez agregó que una agresión fuera de la oficina, pero entre compañeros, no puede tratarse como un hecho ajeno al ambiente laboral. Si ocurre en una parada de autobús, en un bar o en cualquier otro lugar, y se produce una agresión entre colegas, la situación sigue teniendo repercusiones dentro del lugar de trabajo.
Ambas especialistas coincidieron en que la recomendación no es evitar por completo las salidas con compañeros, ni tampoco prohibir el consumo moderado de alcohol, sino mantener el respeto y el control en todo momento.
Aunque la actividad se realice fuera del horario laboral, las conductas indebidas bajo el efecto del alcohol pueden tener consecuencias legales y laborales. Esto aplica tanto para fiestas organizadas por la empresa como para encuentros sociales entre colegas.
