
Los colegios privados no podrán solicitar como un requisito de admisión que los estudiantes sean de una religión determinada.
Tampoco podrán obligarlos a recibir lecciones de religión, pese a que el centro educativo sea dirigido por monjas o sacerdotes.
Lo anterior se desprende de un fallo de la Sala Constitucional, el cual destaca que tales exigencias son discriminatorias.
El caso que dio origen al fallo aconteció en el Colegio Sagrado Corazón de Jesús de Cartago.
Álvaro Bustillos, padre de una estudiante de sétimo año de ese centro d e estudio, presentó un recurso de amparo, al considerar que se violaban los derechos de la menor.
Además de obligársele a recibir lecciones de religión, se le ofendía verbalmente y recriminaba constantemente por ser de otra religión, sostuvo Bustillos.
También s se le dijo que el próximo año no se le daría matrícula.
El alto tribunal ordenó a las autoridades del colegio “abstenerse de incurrir en conductas discriminatorias en contra de la amparada, así como de obligarla a asistir a clases de religión católica”.
Asimismo, ordenó al Ministerio de Educación Pública atender la denuncia de la muchacha.
Respuesta. La asistente de la dirección del colegio, Margarita Vázques, dijo que ya hablaron con la familia de la muchacha para que ella continúe, si así lo deseara, en el centro educativo.
Además, aseveró que nunca se le quiso discriminar.
El director del departamento de centros docentes privados, Minor Villalobos, destacó que ayer mismo se comunicó con las autoridades del colegio para que acataran el mandato de los magistrados.
Señaló que la dirección jurídica esta analizando el fallo para determinar su alcance.
Villalobos explicó que los centros privados tienen una relación contractual con los padres de los estudiantes, en donde se especifican ciertos requisitos.
Según el fallo de la Sala Constitucional la religión no podrá ser uno de ellos.
“Hay colegios católicos con estudiantes de otras religiones, eso no debe ser un problema”, dijo. Colaboró Luis Alonso Quirós