
Las personas que ayuden en el financiamiento del terrorismo se expondrán dentro de poco a una pena hasta de 20 años de prisión.
La semana pasada la Comisión de Narcotráfico aprobó por unanimidad un texto sustitutivo que vendrá a tipificar ese y otros delitos.
Con el proyecto, de ser ratificado por el plenario legislativo, el país cumple con organismos y convenciones internacionales.
Se trata del expediente 17.009 que reforma también el Código Penal y la Ley 8204 de Psicotrópicos vigente desde el 2001.
Mauricio Boraschi, director del Instituto Costarricense sobre Drogas e impulsor de la iniciativa, aseguró que la legislación no solo creará el delito de financiamiento al terrorismo, sino que incorporará un sistema de prevención, control y represión de esa actividad ilícita.
La futura ley obliga a las personas a colaborar en la denuncia de delitos de drogas y lavado de dinero, así como de todas las acciones que sirvan para financiar actividades u organizaciones terroristas.
Además obliga a las entidades sujetas de fiscalización, como las que participan en la intermediación financiera, el mercado de valores y los sistemas de pensiones, a que apliquen políticas que les permitan conocer en detalle a sus diferentes clientes.
Boraschi manifestó que hace unos años esta actividad se limitaba a la legitimación de capitales (lavado de dinero), pero se ha extendido de diversas formas para financiar las actividades criminales.
Más que lavado. La nueva ley –promovida desde hace seis años– amplía los actos sujetos de control.
Boraschi insistió en que antes lo usual era el lavado de dinero en efectivo. Sin embargo, indicó que esa práctica ilegal hoy en día es una excepción.
Existen transacciones a través de Internet, remesas de dinero de un país a otro, la transferencia sistemática de fondos realizadas por cualquier medio y el uso indiscriminado de tarjetas de crédito.
“Esas operaciones si bien están actualmente controladas, la futura ley refuerza controles para detectar el delito”, comentó Boraschi.
Penas. El proyecto aumenta las sanciones existentes para las entidades reguladas que incumplan con las políticas contra el lavado y el financiamiento al terrorismo.
Las multas para los entes regulados pasarán de 0,05% de su patrimonio al 1%, cuando no registren datos sobre los clientes en el formulario diseñado por los órganos de supervisión y fiscalización.
Esa misma multa regirá cuando tampoco sean anotados el ingreso o egreso de transacciones, incluyendo las que vienen del exterior, ya sea en colones o moneda extranjera, igual o superior a los $10.000.
Serán sancionadas con el pago del 2% de su patrimonio las entidades que se nieguen a inscribirse para ser sujetos de control en las superintendencias de entidades financieras, valores o pensiones.
El plan está en consulta en diferentes órganos del Estado y los diputados esperan que el Gobierno lo convoque a sesiones extraordinarias, que comienzan este lunes.