
La aerolínea Iberia fue condenada a pagar $17.000 a una mujer por haber utilizado su imagen sin autorización. Así lo determinó el juzgado de Argentina, bajo la resolución del juez Heber Amalfi, tras un proceso judicial que se extendió durante 15 años.
La afectada, identificada con las iniciales M. F. D., se desempeñaba como profesora de danza, según los testigos. En 2010 se enteró, por medio de allegados, de que fotografías suyas aparecían en la página web oficial de Iberia, especialmente en secciones que promocionaban vuelos desde Buenos Aires. Nunca dio consentimiento para ese uso.
La mujer aseguró que esas imágenes fueron tomadas con fines personales, sin intención comercial. Inicialmente creyó que se trataba de un uso aislado, pero con el paso del tiempo notó que la empresa seguía utilizándolas reiteradamente en diferentes secciones del sitio institucional.
En 2020 solicitó a una escribana que certificara la presencia de las fotos en el dominio “https://www.iberia.com/es/vuelos-baratos/Buenos-Aires/”. Un año después, en julio de 2021, se realizó un procedimiento de mediación prejudicial que no concluyó en acuerdo.
La empresa se presentó en diciembre de 2022 ante el tribunal y alegó que las imágenes fueron adquiridas por €35 en el banco de imágenes Getty Images. Sin embargo, el juez concluyó que Iberia no presentó pruebas suficientes que acreditaran la compra o la correspondiente licencia de uso.
En una audiencia realizada en julio de 2023, el apoderado legal de Iberia admitió que una de las fotografías seguía activa en el sitio web, y reconoció que nunca existió un contrato entre la aerolínea y la mujer afectada.
El juez Amalfi concluyó que no existió consentimiento alguno por parte de la afectada, y que Iberia violó el artículo 53 del Código Civil y Comercial argentino, el cual exige autorización expresa para captar o reproducir la imagen de una persona, salvo excepciones muy específicas como actos públicos o fines educativos.
Además, el magistrado citó el artículo 31 de la Ley 11.723, que prohíbe comercializar el retrato de una persona sin su autorización. Esta protección se extiende incluso tras la muerte, con derechos para familiares directos.
El fallo estableció que Iberia deberá pagar $17.000 más intereses en un plazo de 10 días a partir de que la sentencia quede firme. El juez indicó que al no contar con el consentimiento ni con documentos válidos que acreditaran la compra del derecho de uso, la aerolínea vulneró el derecho a la imagen, un bien personal protegido por la legislación argentina.
*La creación de este contenido contó con la asistencia de inteligencia artificial. La fuente de esta información es de un medio del Grupo de Diarios América (GDA) y revisada por un editor para asegurar su precisión. El contenido no se generó automáticamente.
