México, 17 sep (EFE).- México y Japón firmaron hoy un Acuerdo de Asociación Económica (AAE) que entrará en vigor en abril de 2005 y que incluye un tratado de libre comercio (TLC). Sus puntos más destacados son los siguientes:
-Bienes agroalimentarios
Desde abril de 2005 México tendrá acceso libre para el café verde, limones, brícoli fresco, aguacate, calabaza, guayaba, vino, albúmina, espárragos, mango, tomate, cebolla, berenjena, papaya, tabaco, tequila, pectina, ajo, col, leguminosas, mezcal y huevo.
En un plazo de tres a siete años se eliminarán los aranceles a productos como las uvas, café tostado, melones y brócoli congelado, fresas congeladas y nueces, jugo de toronja, zanahoria, pimienta, espinacas, toronja, durazno y pera congelada y aceites de girasol.
En diez años se desgravarán los aranceles del plátano, aunque hay un cupo libre de arancel del 20.000 toneladas.
Quedan excluidos piña, dulces, trigo, pastas, azúcar y jugo de piña, que suponen el 0,2 por ciento de las exportaciones a Japón y que se revisarán dentro de tres años.
Se establecen cuotas a productos sensibles como la carne de puerto, res y pollo, a la naranja, el puré de tomate, la miel, los jugos de tomate y naranja, el cátsup y las dextrinas.
-Productos pesqueros
Se suprimen los aranceles japoneses al atún de aleta amarilla fresco y enlatado, camarón, algunos crustáceos y moluscos, y pulpo.
Se establecen cupos para las sardinas y calamares.
-Otros bienes
Japón elimina inmediatamente el 91 por ciento de sus aranceles, a medio plazo el 4 por ciento y el 5 por ciento (productos sensibles para ese país) en diez años.
México elimina el 44 por ciento de los aranceles a productos que no fabrica, como equipos de precisión, maquinaria pesada y bienes de capital, algunos químicos, computadoras y electrodomésticos.
Japón gana acceso inmediato al 5 por ciento del mercado mexicano de automóviles (ahora se importa de Japón cerca del 3 por ciento).
-Mercado de servicios
Se liberaliza el comercio de servicios, incluidos los profesionales, transporte, telecomunicaciones, distribución y turismo, entre otros.
Este capítulo permite fomentar la inversión de empresas de servicios en Japón y establece que se aplicarán los principios de trato de nación más favorecida.
-Inversión.
Se garantiza la protección a la inversión productiva con reglas claras y precisas y se establece un mecanismo de resolución de controversias inversor-Estado.
-Compras gubernamentales
Los proveedores de uno y otro país podrán concurrir a las licitaciones del otro en las mismas condiciones que las empresas locales.
-Solución de controversias
Con él se dirimirán conflictos derivados de la interpretación o aplicación del AAE.
-Cooperación bilateral
Hay acuerdos para intentar que prosperen iniciativas conjuntas en relación con la industria de soporte, las pequeñas y medianas empresas (pymes), la promoción del comercio y la inversión, ciencia y tecnología, educación y capacitación laboral, turismo, agricultura, medio ambiente, propiedad intelectual y mejoramiento del ambiente de negocios.
(Los datos de la ficha han sido proporcionados por la Secretaría de Economía)
EFE
act/hma