La Comisión Nacional del Consumidor (CNC) ordenó al mecánico Jorge Cambronero Vargas, vecino de San José, devolver ¢300.000 a Marco Antonio Salas Montoya, debido a que no le reparó un vehículo y se lo entregó desarmado casi siete meses después.
Según el voto No. 2250-98, del 14 de diciembre de 1998, la denuncia fue presentada por el cliente el 20 de enero de ese mismo año, con el alegato de que Cambronero había incumplido las condiciones de contratación.
La audiencia entre las partes se realizó el 26 de marzo siguiente, pero a ella solo se presentó el denunciante.
Además de la devolución del dinero, Salas exigió el pago de intereses por daños y perjuicios. Pero en fallos anteriores, la CNC ha sido clara al indicar que la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor establece, en su artículo 50, que esta instancia no tiene potestad para ordenar el pago de reconocimientos adicionales.
El denunciante demostró que entregó su vehículo (marca Toyota) a Cambronero el 18 de agosto de 1997 y pagó por adelantado ¢300.000 para su reparación, la cual, según el acuerdo, debía realizarse en menos de un mes.
Sin embargo, el 9 de marzo de 1998, el mecánico lo llamó para que retirara el vehículo del taller sin la reparación contratada y totalmente desarmado.
Basada en el artículo 31 de la Ley, la CNC determinó que, como Cambronero no entregó el carro en el tiempo pactado, incumplió el contrato establecido y, por lo tanto, le ordenó devolver la suma adelantada.
Ayer, se intentó conversar con Salas y Cambronero; no obstante, ninguno de los dos tiene un número de teléfono registrado a su nombre en la guía telefónica.