
El plazo para presentar el primer adelanto del impuesto sobre la renta (ISR) vence este lunes 30 de junio. Este pago aplica para todas las personas físicas y jurídicas con actividades lucrativas en Costa Rica, según lo establece el Ministerio de Hacienda.
Además de la declaración anual del impuesto sobre las utilidades que se presenta cada marzo, el sistema tributario exige realizar tres pagos parciales obligatorios al año. Estos se efectúan a finales de junio, setiembre y noviembre.
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Quienes deben cumplir con este pago pueden hacerlo por conectividad bancaria, en ventanillas autorizadas o mediante el formulario D-110, disponible en la plataforma Administración Tributaria Virtual (ATV).
Este formulario permite compensar el pago con saldos a favor de periodos anteriores.
¿Cómo calcular el monto del primer adelanto?
El cálculo del adelanto sigue una fórmula definida por la Administración Tributaria:
- Tomar el impuesto determinado en las declaraciones de renta de los tres periodos fiscales anteriores.
- Sacar el promedio entre esos tres valores.
- Comparar el promedio con el impuesto del periodo fiscal inmediato anterior y seleccionar el monto mayor.
- Aplicar un 25% al monto definido en el paso anterior. Ese es el valor que se debe pagar en cada adelanto.
Las personas contribuyentes recientes, que tienen menos de tres declaraciones, deben usar los periodos disponibles.
Además, se recomienda verificar si existen saldos a favor antes de cancelar, para utilizarlos con el formulario D-110.
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¿Qué pasa si no se paga?
No pagar el adelanto no genera una sanción específica, pero sí implica el pago de intereses. El artículo 57 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios indica que se aplica un recargo por intereses.
Actualmente, la tasa anual vigente es del 8,43%, y se actualiza cada seis meses.
Existen mecanismos para reducir o eliminar los pagos parciales. Esto es posible si se proyectan pérdidas fiscales o si se registraron ingresos extraordinarios en los últimos tres años que distorsionen el cálculo. Sin embargo, estas solicitudes deben presentarse antes del vencimiento del adelanto.
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