
Pagar durante tres años una cuota semanal de ¢2.779 por un electrodoméstico que tiene un precio de ¢199.990, podría parecer un buen negocio.
Sin embargo, según el contrato del crédito, puede implicar que usted termine pagando el doble, comparado con el pago de una compra al contado.
Para que el consumidor no se confunda, la ley exige que tanto las cuotas como las tasas de interés en las colillas de los bienes vendidos a crédito se den al público en plazos mensuales, no semanales ni quincenales.
Pese a tal obligación legal, algunos comercios irrespetan la normativa, según una inspección de contratos de compra al crédito realizada por el Ministerio de Economía en nueve locales ubicados en San José, Alajuela, Heredia y Cartago.
La investigación de campo se hizo del 24 al 29 de julio pasado y registró que todos los negocios investigados irrespetan de alguna forma la regulación sobre compras a crédito.
Según un estudio de la empresa Synapsis , publicado en el 2014 por el El Financiero, y donde se consultó a 460 personas en Costa Rica, los electrodomésticos y los muebles son los principales bienes que los ticos compran a crédito, seguido por la adquisición de vivienda.
También se concluyó que los almacenes o tiendas por departamentos, son la segunda entidad (detrás de los bancos) con las que los consumidores tienen más cuentas pendientes tras haber realizado compras.
Pagarés son ilegales. Entre otras faltas, el ministro de Economía, Welmer Ramos, advirtió de que algunos comercios crean pagarés para pactar el contrato de crédito, junto a una factura.
Sin embargo, tal práctica es innecesaria e ilegal, pues la factura y un contrato de crédito son suficientes para respaldar el crédito.
Si se crea un pagaré paralelamente a la factura, nacen dos obligaciones de pago para el consumidor, y el comercio podría cobrar ambas al mismo tiempo, lo cual es abusivo para los clientes.
Las etiquetas de los artículos, al ofrecer crédito, deben contener el monto base, plazo del crédito en meses, el interés anual, la cuota mensual, las comisiones que se cobran, el monto de pago inicial (prima), la tasa de interés efectiva (considera otros costos), y quien brinda el crédito (el crédito no siempre lo gestiona el establecimiento de venta).
Las tiendas infractoras serán sancionadas, dijo Ramos.