Actualmente una persona puede traer un auto al país y declarar que le costó $1.000 y, aunque la aduana sospeche que el precio de venta en Costa Rica es mucho mayor, le aceptan el monto y la factura. La única referencia son algunas revistas internacionales de precios.
Sin embargo en los próximos días al llegar a la aduana le podrían rechazar la declaración.
Además, informarle que no se la aceptan porque un auto de ese tipo en Costa Rica se cotiza en cerca de ¢1.000.000 y por lo tanto si a ese valor se le quita la carga tributaria y la utilidad del comerciante, el precio de importación que la aduana estima es de ¢462.000.
La medida ya está incluida en un decreto que alista el Ministerio de Hacienda y que ayer comenzó a circular entre los empresarios.
El viceministro de Hacienda, Carlos Muñoz, confirmó la medida cuyo objetivo, dijo, es frenar el ingreso de autos al país con valores extrañamente bajos.
José Carballo, presidente de la Cámara Costarricense Automotriz, dijo ayer que no conocían el documento, pero que se opondrán. Argumentó que apoyan reportar el valor correcto, pero no que se rechace la factura.
No fue posible hablar con Lilliana Aguilar, directora de la Asociación Costarricense de Vendedores e Importadores de Vehículos.
El nuevo cálculo
Pero, ¿cómo conocen las personas el valor de mercado y el valor mínimo que la aduana aceptará?
Para ello, Hacienda ya tiene lista una base de datos que hará pública y que se podrá accesar por medio de Internet.
En esta base una persona digitará las características del auto que quiere importar y la base le dará el valor de mercado en Costa Rica y el precio mínimo (se le llama valor aduanero) que la aduana aceptará para calcular los tributos.
¿Cómo se calcula ese valor aduanero? En el decreto Hacienda señala un método que consiste en tomar el valor de mercado del auto y multiplicarlo por un factor que le reducirá el precio.
El precio baja porque lo que hace el factor es restarle al precio de mercado la carga tributaria que paga una persona al ingresar un auto al país (impuesto de ventas, selectivo y la Ley 6946) y además la utilidad del comerciante (se estima en 25 por ciento).
Ejemplos de carros
Así, para los vehículos de modelos de 1997 en adelante el factor que propone el decreto es de 0,502; para modelos de 1995 y 1996 de 0,469 y para vehículos de 1995 hacia atrás de 0,432.
Por ejemplo, para un auto Nissan Sentra, modelo 1996, el valor de mercado, según la base de datos, es de ¢3.360.000. Ese monto multiplicado por 0,469 genera un monto de ¢1.575.840.
Si la persona que trae el auto al país declara un valor menor a ¢1.575.840, no le aceptarán la declaración. Si reporta un monto superior, le aceptarán el precio y sobre éste le calcularán los tributos.
La aduana, según el decreto, aceptará un "margen de tolerancia" del 3 por ciento, es decir, que el valor de la factura puede ser menor al aduanero hasta un máximo de 3 por ciento.
Pero además de estos cambios los importadores deberán presentar la declaración aduanera con un nuevo formato, la factura, el conocimiento de embarque, la declaración bajo fe de juramento, el título de propiedad y un certificado del fabricante sobre la transformación que sufrió el auto.
Los empresarios tienen 10 días para observaciones.