
¿La Comisión va a abrir un procedimiento administrativo sobre el cobro de comisiones en pagos electrónicos?
Alguna gente se nos ha acercado a decirnos que va a poner una denuncia. La Comisión ha estado esperando porque es mucho más fácil hacer una investigación o abrir un proceso administrativo si hay partes que nos ayudan a armar el caso.
¿Si nadie denuncia?
Podemos hacerlo de oficio. También podríamos abrir una investigación, y en el pasado lo hemos hecho, a partir de una información periodística.
¿En qué casos intervienen?
La Comisión sanciona aquellas conductas que pueden llevar a monopolizar el mercado.
“Pueden ser prácticas monopolísticas absolutas, que son acuerdos entre competidores o acuerdos de cartel. Estos acuerdos pueden ser para fijar precios, establecer volúmenes de producción, repartirse el mercado geográficamente o repartirse las licitaciones públicas. Esas prácticas siempre son sancionables y perjudican a los consumidores.
¿Cuál es la sanción?
Es el equivalente a 680 veces el monto del menor salario mínimo mensual, que debe andar por los ¢190.000. En caso de especial gravedad se pueden poner multas equivalentes al 10% de las ventas de una empresa o al 10% de los activos de la compañía.
Adquirentes y emisores de tarjetas afirman que hace más de 15 años se fijaron, vía convenio, comisiones de intercambio que oscilan entre 1% y 4% (lo que paga el adquirente al emisor de la tarjeta). ¿Esto podría considerarse una práctica monopolística?
Un acuerdo para establecer las comisiones sí podría considerarse una práctica absoluta y podría ser sancionable.
¿Por qué este tema no se ha indagado en el pasado?
La Comisión tiene un caso de tarjetas de crédito que está por resolver y entonces se concentró en ese caso, relacionado también con adquirencia y algunas empresas del sector.
“La Comisión se concentró en este tema esperando que la competencia llevara a reducir los márgenes. Sí hemos visto una rebaja, pero algunas empresas se nos han acercado y nos dicen que de cierto monto no bajan.
“Nosotros, además, le damos especial atención a las denuncias porque aportan información y facilitan la investigación”.
¿Cuál es la otra práctica que ustedes sancionan?
Las otras son prácticas monopolísticas relativas o acuerdos verticales. Es cuando un agente poderoso en el mercado utiliza ese poder para que los que siguen en la cadena hagan lo que él dice y no permitan el ingreso de los demás.
“También podemos prevenir que se formen monopolios”.
