
La conmemoración del Día Internacional del Trabajo replantea, todos los años, reflexiones vinculadas a aspiraciones y compromisos globales con la justicia, la dignidad de los trabajadores y la equidad social. Dicha conmemoración pone siempre de relieve la importancia del diálogo para la sociedad en su conjunto así como para las relaciones laborales.
A comienzos del siglo pasado, según los analistas, jamás la economía desempeñó un papel tan importante en una guerra (la Primera Mundial, 1914-1918) ni tampoco un enfrentamiento bélico la transformó tanto. La industrialización europea fue crucial para el desarrollo del conflicto y las rutas comerciales se adecuaron al mapa de vencedores y vencidos.
Comercio y empleo. En dicha coyuntura se afirmó una nueva concepción de las relaciones internacionales basada en principios democráticos que se plasmó en la Sociedad de Naciones. El pacto que creó tal Sociedad –precursora de las Naciones Unidas– contemplaba la abolición gradual de las barreras aduaneras e instauró la Organización Internacional del Trabajo (OIT): comercio y empleo, dos temas fundamentales aun hoy.
Pirenne en su Historia universal señaló: “Era una iniciativa atrevida y feliz. La OIT, organismo independiente, aunque teóricamente integrado en la Sociedad de Naciones, introducía un principio nuevo en cuanto a representación de los estados miembros: cada uno de ellos enviaba cuatro delegados, dos de los cuales representaban al Gobierno, uno a la clase patronal y uno a la clase obrera. La labor de la OIT consistía en proponer a los Estados las reformas relativas a la organización del trabajo, de la higiene y de la seguridad social”.
La OIT es la única agencia de Naciones Unidas integrada por representantes de la sociedad civil (empleadores y trabajadores) así como de gobiernos. Ella es expresión de la tendencia democratizadora de la vida internacional. La dinámica en que se sustenta y que promueve, por más de 90 años, es el tripartismo: el diálogo entre los actores permanentes del mundo productivo –trabajadores y empleadores– y la autoridad política. El propósito: generar consensos que permitan crecimiento, más y mejores empleos, progreso social y gobernabilidad democrática.
El diálogo social efectivo es clave para la integración. Bien utilizado, promueve la productividad y competitividad de las empresas y países, ayuda a mejorar las condiciones laborales, aumenta la capacidad para el tratamiento pacífico de los conflictos laborales (previniendo sus efectos y pérdidas potenciales) y reduce los costos de las transacciones económicas. Una condición esencial para que dicho diálogo sea productivo es su institucionalización a través de organizaciones de empresarios y de trabajadores sólidas.
La cultura del diálogo tiene, en el mundo del trabajo, dos pilares fundamentales: la libertad sindical y la negociación colectiva.
En San Francisco (1948), tomando en consideración que las libertades de expresión y de asociación son esenciales para el progreso humano, la Conferencia Internacional del Trabajo aprobó el Convenio 87, por el que se reconoce que “los trabajadores y los empleadores, sin ninguna distinción y sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a estas organizaciones, con la sola condición de observar los estatutos de las mismas” (art. 2). Dichas organizaciones, respetando la legalidad, “tienen el derecho de redactar sus estatutos y reglamentos administrativos, el de elegir libremente sus representantes, el de organizar su administración y sus actividades y el de formular su programa de acción. Las autoridades públicas deberán abstenerse de toda intervención que tienda a limitar este derecho o a entorpecer su ejercicio legal” (art.3). Además se precisa que las organizaciones de trabajadores y de empleadores no están sujetas a disolución o suspensión por vía administrativa.
Al año siguiente la Conferencia aprobó la Convención 98 que señala: “Deberán adoptarse medidas adecuadas a las condiciones nacionales, cuando ello sea necesario, para estimular y fomentar entre los empleadores y las organizaciones de empleadores, por una parte, y las organizaciones de trabajadores, por otra, el pleno desarrollo y uso de procedimientos de negociación voluntaria, con objeto de reglamentar, por medio de contratos colectivos, las condiciones de empleo” (art. 4).
Tarea pendiente. Todos los países del istmo centroamericano y la República Dominicana han ratificado los Convenios 87 y 98 y los han incorporado en su ordenamiento legal.
Tarea pendiente es su plena vigencia, respeto y mayor utilización.
El diálogo social y el tripartismo son idóneos para reforzar el compromiso y las políticas laborales orientadas a la promoción del trabajo decente y la justicia social en las democracias.