Roma, 18 ene (EFE).- El Tribunal Supremo italiano ratificó hoy su idea de que tocar el culo a una persona contra su voluntad es un delito sexual ya que condenó a catorce meses de prisión a un hombre de cuarenta años que lo hizo con una joven.
Ivan P. palmeó el trasero de una mujer cuando ésta hacía una llamada telefónica en un pueblo de Friuli (noreste) y en primera instancia un tribunal de la región lo había absuelto del presunto delito de carácter sexual.
Hace unos meses un tribunal de apelación le condenó a catorce meses de cárcel y hoy el Supremo ha confirmado esa pena por el delito de violencia sexual.
El Alto Tribunal establece que es violencia sexual "todo acto dirigido hacia zonas erógenas que comprometan la libre determinación del sujeto pasivo en relación con su sexualidad y que tenga la connotación de la constricción y el abuso físico y psíquico".
También apunta que ese tipo de actos son delito, al margen de si son "de duración breve" y de si han determinado o no la satisfacción erótica del sujeto activo.
En julio de 2003 el Supremo ya condenó a un hombre de 58 años a catorce meses de prisión por tocar el trasero de una mujer, después de que con anterioridad motivara una fuerte polémica en Italia cuando afirmó que no era delito que un jefe tocara el trasero a una empleada, si lo hacía de forma "aislada y repentina". EFE
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