La Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó ayer al Estado de Nicaragua por obstaculización de las autoridades a la investigación del homicidio del joven Jean Paul Genie Lacayo, ocurrido el 28 de octubre de 1990, y por una demora no razonable en el proceso de justicia de este mismo caso.
Se dispuso, por lo tanto, que Nicaragua "debe poner todos los medios de su alcance para asegurar jurídicamente el libre y pleno ejercicio de los derechos humanos (...) y subsanar la demora objeto de la violación señalada".

Los jueces determinaron, además, el pago de $20.000 (¢4,4 millones) por compensación a la familia Genie, que deberá hacerlo efectivo dentro de los seis meses siguientes.
Jean Paul Genie, de 16 años, fue asesinado dentro de su vehículo cuando adelantó una caravana militar donde viajaban, supuestamente, los escoltas del entonces jefe de las Fuerzas Armadas, Humberto Ortega.
Precisamente, la posición de los acusados fue la que en criterio de la familia Genie --propietaria de empresas farmacéuticas-- provocó la obstrucción de justicia, pues el caso fue ventilado primero en tribunales civiles y luego en fueros militares. Sin embargo, nadie ha sido responsabilizado por la muerte.
Su última gestión fue un recurso de casación interpuesto ante la Corte Suprema de Justicia, para que el caso vuelva a instancias civiles.
Hechos probados
Ayer, al dar a conocer la sentencia total, los jueces Héctor Fix-Zamudio, Hernán Salgado, Rafael Nieto, Alejandro Montiel y Máximo Pacheco dieron por hechos probados:
-Que las autoridades militares no colaboraron de manera adecuada con las investigaciones de la Procuraduría, ni con el Juez a cargo del caso.
-Que la Corte Suprema de Justicia a pesar del considerable tiempo transcurrido y las solicitudes para que se resuelva no ha decidido el recurso de casación interpuesto.
-Que aunque el padre no pudo intervenir en el principio como parte del proceso, lo logró con una modificación a la ley, sin que se obstaculizaran sus intervenciones ni dilaciones.
-Que el enjuiciamiento militar no violó el principio de igualdad ante la ley, ni afectó la independencia e imparcialidad de los tribunales militares.
Decepción
Precisamente, estos últimos puntos fueron los que causaron la decepción de los parientes de la víctima, para quienes el caso ya llegó a su fin sin que los responsables hayan sido castigados por el homicidio.
"Para nosotros la denegación de la justicia se dio cuando el caso entró a tribunales militares, pero la Corte no lo consideró así", declaró Raymond Genie, padre del muchacho, quien llegó acompañado por su esposa, Gloria Lacayo.
Genie se mostró, además, muy indiferente ante las declaraciones del procurador general de Nicaragua, Julio Centeno, quien aseguró que aceptaban el fallo de la Corte y prometió hacer todo lo necesario para que el recurso de casación se resuelva lo más pronto posible.
Largo proceso
Al Estado de Nicaragua se le acusó por los cargos de denegación de justicia en perjuicio de Raymond Genie Peñalba, padre de Jean Paul Genie Lacayo, un joven de 16 años, asesinado el 28 de octubre de 1990, supuestamente por escoltas del entonces jefe de las Fuerzas Armadas, Humberto Ortega.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos elevó el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, el 6 de enero de 1994, por supuesta violación de las garantías judiciales, del derecho a la igualdad ante la ley y de la protección judicial, que contemplan los artículos 8, 24 y 25 de la Convención Americana de Derechos Humanos.
Los hechos que estudiaron los jueces son aquellos ocurridos a partir del 23 de julio de 1991, cuando se inició la tramitación judicial de la muerte del joven.
En Nicaragua, la causa por homicidio fue conocida primero por tribunales civiles, específicamente por el Sétimo Juzgado del Distrito del Crimen de Managua, el cual determinó la existencia del homicidio por parte de los escoltas de Ortega.
No obstante, en su sentencia se inhibió de seguir conociendo la causa por considerar que el hecho era de jurisdicción militar.
De esta forma, el proceso debía ventilarse ante un tribunal militar, ante lo cual se interpusieron dos recursos de casación ante el Tribunal de Apelaciones y ante la Corte Suprema de Justicia. Ambos fueron denegados.
Raymond Genie, padre de la víctima, alegó que el despacho castrense estaba sometido a fuertes influencias de los altos mandos porque los fiscales, jueces y auditores eran subordinados al propio Humberto Ortega.
Por esta razón, acudió a la Comisión y esta a la Corte Interamericana, que tiene su sede en San José.
Ayer, los jueces Héctor Fix Zamudio, Hernán Salgado, Rafael Nieto, Alejandro Montiel y Máximo Pacheco dieron a conocer su fallo, que resultó condenatorio para el Estado de Nicaragua, solo en lo que respecta a la obstaculización de las autoridades a la investigación judicial y a la demora sin razón en el proceso de justicia.