¿Dónde se encuentran las raíces del Estado laico? ¿De donde surgen las ideas para configurar los estados modernos como Estados laicos? A lo largo de la historia, casi todos los ordenamientos jurídicos han buscado su fundamento en el orden religioso, en la voluntad de Dios que sería la regla de justicia. Contrariamente a todas las religiones, el cristianismo desde sus inicios se ha referido a la razón y a la naturaleza como las fuentes del derecho.
Desde los primeros siglos, notables pensadores cristianos introdujeron en la vida pública de una manera nueva y, además, por primera vez en la historia, una clara separación entre política y religión. Es un hecho histórico innegable. Esto no quiere decir que a lo largo de los siglos y en períodos posteriores se haya sucumbido algunas veces por distintas coyunturas históricas a la tentación de identificar en mayor o menor medida el poder civil y religioso.
Para separar el poder político del religioso, el cristianismo se nutrió de la herencia griega a través de su filosofía, sobre todo en el uso de la razón, y también se nutrió de la herencia romana, especialmente en su organización política y en el uso del derecho.
El cristianismo transformó esa herencia profundamente y de alguna manera se erigió en condición de posibilidad para el desarrollo de una cultura política laica y, aunque suene paradójico, sigue siendo hoy en día su máximo garante. Por decirlo de alguna manera, el actual Estado laico es en gran parte un fruto moderno maduro de toda esa herencia debidamente purificada a lo largo de la historia de Occidente en los últimos XX siglos.
Matriz cristiana. Nociones como las que hacen referencia a la libertad y dignidad de la persona humana, su inviolabilidad, la eliminación de los dioses de la cultura que permitieron el arranque del conocimiento científico, la valoración del trabajo, la instauración de un orden laico donde se pueda ejercer y buscar la verdad libremente, el reconocimiento de la responsabilidad de los hombres por su conducta, los avances jurídicos modernos que hacen referencia a la regla áurea “considera al otro como fin y no como medio”, la igualdad de todos los hombres ante la ley, la cultura de los derechos humanos, el respeto a cada hombre particular presente en la base del liberalismo, la solidaridad como valor presente en algunos socialismos modernos debidamente liberados de sus extremos colectivistas o totalitarios, tienen una matriz cristiana.
Pensadores tan poco sospechosos de ser cristianos como el filósofo agnóstico de origen marxista Jurgen Habermas o el expresidente del senado italiano el ateo Marcello Pera no han dejado de señalar cómo el cristianismo ha sido la fuerza motriz e inspiradora de la cultura política y jurídica occidental, y cómo sus valores plasmados en el orden jurídico son sustentadores actuales de la justicia. Para llegar a estas conclusiones, han utilizando única y exclusivamente la razón ya que no tienen fe.
El catolicismo asume con plenitud la validez del Estado laico e incluso lo propone como el mejor sistema político en la actualidad. Señala la Centessimus annus que la democracia moderna está injertada en un sistema caracterizado por una legislación adecuada para proteger la libertad de todos, en el que es soberana la ley y no la voluntad arbitraria de los hombres.
Reseña la validez del sistema democrático laico y las garantías de libertad que lleva consigo este sistema que solo tiene el “peligro del fanatismo o fundamentalismo de quienes, en nombre de una ideología con pretensiones científicas o religiosas, creen que pueden imponer a los demás hombres su concepción de verdad y del bien”. Como se entiende bien a tenor de este documento no hace sino alabar un sistema y un procedimiento que garantizan la libertad y que renuncia a cualquier “imposición” en nombre de una religión o una ideología.
Algo que caracteriza el Estado laico es garantizar la libertad religiosa desde una posición de neutralidad.
Sin embargo, existe un modo de entender la laicidad que va más allá del requisito de neutralidad y autonomía del poder temporal. Defiende que la religión (toda religión) entraña un tipo de creencia y de práctica que debe ser enteramente relegada al ámbito de la vida privada de las personas, porque, si no, entraría en concurrencia y contradicción con una cultura política laica.
Así, la libertad religiosa, más que significar el derecho del ciudadano a ejercitar su religión conforme a los dictados de su propia conciencia y con los únicos límites que marque el respeto del orden y de la moralidad pública, equivaldría a la liberación que el Estado y la esfera pública lograrían de la religión y de su influjo. A esta forma de laicidad se le podría denominar “concepción integrista de la laicidad” o “integrismo laico” que es distinto a concebir una laicidad política positiva. Supone minar la libertad.
La libertad religiosa y la correspondiente neutralidad del Estado son compatibles con el reconocimiento público (aun cuando no confesional) de la existencia de una trascendencia divina y son igualmente compatibles con la asunción de medidas para facilitar la práctica religiosa a los diversos creyentes, de acuerdo con su propia conciencia y libertad.
Así lo muestra la práctica de tantísimas naciones y el texto de muchísimas Constituciones, las cuales, respetando plenamente la laicidad del Estado y la libertad religiosa de sus ciudadanos, no rebajan la religión al nivel de un hecho meramente privado.