Antes de que piense en cerrar el trato para comprar un bien inmueble, es muy importante que haya realizado con anterioridad el estudio registral. Aunque exista cierta confianza entre las partes, el comprador debe investigar la situación jurídica de la propiedad de su interés.
Recuerde que todos los bienes inmuebles en Costa Rica deben estar debidamente inscritos, para que los interesados puedan conocer su estado registral.
Detalles como el propietario, anotaciones (si tiene algún documento pendiente para su inscripción) y gravámenes (servidumbres, hipotecas, etc.) pueden influir en la decisión de compra, lo que constituye una información fundamental a la que tiene que tener acceso cualquier interesado en realizar una operación con este tipo de bienes.
Además, siempre es necesario solicitarle al vendedor una copia del plano catastrado, para corroborar que la ubicación y los linderos concuerden con la realidad. Si hay dudas, sería necesaria la intervención de un topógrafo, para que verifique las medidas reales del bien y su localización.
Cómo hacerlo
Se necesita el número de finca para realizar el estudio registral. Este dato lo puede solicitar al propietario o bien, encontrarlo en el plano catastrado en algunos casos. También puede tener acceso a estos datos registrales conociendo el nombre del dueño; en estos casos se podría dificultar su búsqueda si cuente con otras propiedades inscritas.
Usted puede hacer un estudio rápido, ingresando el número de finca en la página electrónica del registro nacional ( www.registronaciona.go.cr ). Sin embargo, también es conveniente ahondar más, visitando el Registro Nacional en Zapote o en las sedes regionales ubicadas en Liberia, Puntarenas, Limón, San Carlos, Pérez Zeledón y Alajuela.
También hay una oficina ubicada en el centro comercial Plaza Mayor, para atender el sector oeste de la capital.
Si tiene dudas, pídale ayuda a un abogado, quien podrá explicarle los pormenores y anotaciones que aparecen en el documento registral.
Para curarse en salud, también puede ahondar más y realizar un estudio de antecedentes, para conocer quiénes han sido los antiguos propietarios del inmueble. Esto se recomienda a raíz de una serie de estafas que han realizado agentes externos al registro, quienes han traspasando la propiedad a un dueño ilegítimo. Inclusive puede preguntarle a los vecinos del lugar, para investigar más allá de lo registral y tener mayor certeza del bien que se está adquiriendo.
Seguimiento
Pero no piense que su relación con el Registro Nacional acaba luego de un estudio favorable, concretando la compra del bien. Una vez firmado el contrato de compraventa, usted debe corroborar que sea su nombre el que aparezca como nuevo propietario en el Registro Nacional.
Para ello, es recomendable, en primera instancia, buscar un notario público confiable, que asesore a las partes apropiadamente.
Recuerde que este profesional debe entregar el testimonio (copia de la escritura pública de la compraventa) al Registro Nacional para su debida inscripción. Si los documentos no presentan defecto alguno, el trámite para que la propiedad aparezca a su nombre tarda entre 8 y 15 días.
El problema surge cuando, una vez presentados los documentos, algunos son devueltos al notario porque presentan algún defecto, con el fin de que los corrija. Muchos dejan pasar el tiempo, creando un escenario peligroso para el nuevo propietario, ya que no podrá reclamar los derechos sobre su bien, hasta que concluya satisfactoriamente el trámite de inscripción.
Si el documento no es presentado al Registro, el antiguo dueño podría actuar de mala fe, y vender nuevamente la propiedad, obligando a las partes a someterse a un torbellino jurídico para solucionar esta clase de conflictos.
La información fue suministrada por Dagoberto Sibaja, Director General del Registro Nacional