El proceso para elegir al próximo presidente de la Corte Suprema de Justicia comenzó tras el vencimiento del mandato de Orlando Aguirre el pasado 26 de setiembre. El magistrado de la Sala Segunda decidió no buscar la reelección y, por tanto, no continuará al frente del Poder Judicial.
A 10 días de que cierre el periodo para presentar candidaturas, ningún magistrado ha inscrito su nombre para ocupar la Presidencia de la Corte, confirmó este viernes la Oficina de Prensa del Poder Judicial. El plazo vence el próximo 12 de octubre.
Las postulaciones deben presentarse ante la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia.
Una vez concluido el plazo, la Secretaría General, por medio del Departamento de Prensa y Comunicación Organizacional, debe emitir un comunicado para informar a la ciudadanía los nombres de las personas que se postularon.
Posteriormente, debe realizarse un debate público dentro de los 15 días siguientes. En esa actividad, las personas postulantes deberán exponer sus ideas y propuestas sobre una eventual gestión institucional al frente de la Corte Suprema de Justicia.
Una vez terminado el debate, la votación debe comenzar inmediatamente. La Corte Plena anunció el pasado 28 de setiembre que ese proceso iniciaría el 26 de octubre.
En la primera sesión se pueden realizar cinco rondas de votación si fuera necesario. Para ello, primero se llevan a cabo tres votaciones; si después de esas votaciones no se concreta la elección, se decreta un receso de al menos 20 minutos.
Una vez agotado el intervalo, se realizan las dos votaciones restantes. La primera sesión puede terminar, por tanto, con cinco votaciones sin que exista todavía una persona elegida para ocupar la presidencia.
Si los primeros cinco intentos resultan infructuosos, la Corte Plena debe convocar una segunda ronda de votación una semana después. Durante esa semana, o incluso el mismo día establecido para la segunda ronda, pueden presentarse nuevas candidaturas.
Si tampoco se logra la elección en esa segunda ronda, la Corte Plena deberá convocar una tercera ronda dentro de la semana siguiente, nuevamente bajo las reglas de debate y votación.
El procedimiento continúa de esa manera hasta que se consiga elegir a la persona que ocupará la presidencia. La normativa no establece un número máximo de convocatorias, por lo que si la Corte Plena no consigue reunir los votos necesarios, el proceso puede extenderse.
