El objetivo de la iniciativa es combatir el sicariato, en vista de que muchos de los homicidios los cometen personas que viajan en motocicleta.
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La multa de ¢26.000 es la misma que se aplica a otras conductas, como causar daños a bienes de forma culposa, sonar altoparlantes a menos de 100 metros de distancia de hospitales o clínicas, detenerse sobre los pasos peatonales, sujetarse de otro vehículo en marcha, no ceder el paso a peatones o no tener los implementos de seguridad como triángulo o chaleco reflectante.
Atención, motociclistas: podrían imponerles esta multa por llevar un acompañante en la moto
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El plan de ley del diputado Alejandro Pacheco, de la Unidad Social Cristiana (PUSC), permitiría imponer la restricción en determinadas provincias, cantones o distritos con altos índices de violencia, de acuerdo con datos.
Además, la medida se aplicaría en horarios específicos, por instrucciones del Ministerio de Seguridad Pública (MSP) y el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT).
No obstante, el texto prevé las siguientes excepciones:
-Cuando los motociclistas deban trasladarse de su vivienda hacia su lugar de trabajo, y dispongan de una constancia laboral, física o digital emitida por el patrono.
-Cuando se trate de trabajadores independientes con un documento de respaldo.
-Cuando las motocicletas superen los 500 centímetros cúbicos.
-Cuando los acompañantes sean personas con discapacidad o niños mayores de 5 años.