Política

Patronos pueden prohibir tintes de cabello ‘extravagantes’, sentencia Sala IV

Ante recurso de trabajadora del INS, los magistrados concluyen que los códigos de vestimenta no violan libertades de empleados

23/3/2017. Mall San Pedro. Salon de Belleza Kiss. El estilista Oconi Villegas realizando un corte y tinte de cabello a Felipe Mejia. foto jeffrey zamora
23/3/2017. Mall San Pedro. Salon de Belleza Kiss. El estilista Oconi Villegas realizando un corte y tinte de cabello a Felipe Mejia. foto jeffrey zamora Jeffrey Zamora R

La Sala Constitucional declaró sin lugar un recurso de amparo interpuesto por una funcionaria del Hospital del Trauma en contra del código de vestimenta del Instituto Nacional de Seguros (INS), el cual es de acatamiento obligatorio para todos los trabajadores de la empresa estatal.

Ella alegó una violación a sus derechos porque el código prohíbe tintes de cabello con “colores extravagantes”, tales como rojo encendido, fucsia, morado, verde, plateado, azul, colores fantasía o combinación de colores.

En criterio de la funcionaria, esa norma limita su derecho de expresión, pues asegura que el tinte no afecta de manera alguna su desempeño en el trabajo. Además, señaló que podría afrontar procesos disciplinarios y administrativos en caso de no acatar dicha directriz.

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