Finanzas

Tributación definió reglas para exonerar IVA a quienes venden a la CCSS, exportadores y municipalidades

Conozca los requisitos que se deben cumplir para poder inscribirse en el registro y solicitar la exoneración en el pago del impuesto al valor agregado

Las empresas que prestan servicios a los exportadores, por ejemplo, de  transporte de las mercancías hacia los puertos, aeropuertos y frontera
terrestre pueden solicitar la exoneración en el pago del IVA, pues tampoco cobran el tributo a los exportadores. Carga de mercadería en APM Terminals. Fotografía: José Cordero
Las empresas que prestan servicios a los exportadores, por ejemplo, de transporte de las mercancías hacia los puertos, aeropuertos y frontera terrestre pueden solicitar la exoneración en el pago del IVA, pues tampoco cobran el tributo a los exportadores. Carga de mercadería en APM Terminals. Fotografía: José Cordero
Las empresas que prestan servicios a los exportadores, por ejemplo, de transporte de las mercancías hacia los puertos, aeropuertos y frontera terrestre pueden solicitar la exoneración en el pago del IVA, pues tampoco cobran el tributo a los exportadores. Carga de mercadería en APM Terminals. Fotografía: José Cordero

La Dirección General de Tributación ya definió los requisitos que deben cumplir las empresas que venden servicios a los exportadores, y bienes y servicios a la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y a las municipalidades, para registrarse como proveedores y poder solicitar así la exoneración del impuesto al valor agregado (IVA).

Se trata de la Resolución 043-2019, publicada el miércoles 31 de julio, en la cual Tributación adicionó a la Resolución 31-2019, del 20 de junio del 2019, un nuevo capítulo donde establece los requisitos que deben cumplir quienes suplen a exportadores, CCSS y municipalidades, para inscribirse en un registro de proveedores.

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