Finanzas

Todos los arrendamientos comerciales están exonerados del IVA en abril, mayo y junio

El Ministerio de Hacienda modificó el reglamento de la Ley de Alivio Fiscal y aclaró que todos los arrendamientos para actividades comerciales pueden acogerse al beneficio, y tanto inmuebles como muebles

Local comercial en alquiler en San José. En abril, mayo y junio quien arriende un lugar para actividad comercial está exento de pagar el IVA. Foto Jeffrey Zamora
Local comercial en alquiler en San José. En abril, mayo y junio quien arriende un lugar para actividad comercial está exento de pagar el IVA. Foto Jeffrey Zamora Jeffrey Zamora
Coronavirus Local comercial en alquiler en el centro de San José. En abril, mayo y junio del 2020, quien arriende un lugar para actividad comercial está exento de pagar el IVA. Foto Jeffrey Zamora (Jeffrey Zamora)

Las personas que pagan un alquiler por un local comercial para vender productos como comida o ropa; los profesionales que alquilan un lugar para dar sus servicios, por ejemplo, un médico, o quien arrienda una moto para dar servicios de entregas, están exonerados de pagar el IVA de los meses de abril, mayo y junio del 2020.

Así se desprende de la aclaración que realizó el Ministerio de Hacienda en el decreto número 42292-H, publicado el 14 de abril, en el Alcance 87 de La Gaceta número 80.

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