Finanzas

La ‘Ley Lázaro’ se convirtió en realidad

Imagen sin titulo - GN
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El año fiscal cerró y los últimos días de setiembre dejaron como legado la aprobación de la denominada “Ley Lázaro”, que permitirá revivir las sociedades disueltas y cuya inscripción fue cancelada por adeudar tres períodos del impuesto a las personas jurídicas.

Esta ley permitirá que las sociedades que se habían extinguido cancelen los impuestos adeudados correspondientes a los años 2012 al 2015, pago que deberá realizarse a más tardar el 15 de diciembre de este año.

Una vez cumplida esa obligación, las sociedades podrán presentar ante el Registro una solicitud de cese de su disolución, lo cual conllevará que recuperen la misma situación y condición jurídica en que se encontraban antes de ser disueltas, con los efectos retroactivos que ello conlleva. La solicitud para “resucitar” esas sociedades debe presentarse a más tardar el 15 de enero del año 2018, junto con la comprobación de haberse cancelado los montos adeudados.

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