Finanzas

Columna Clave Fiscal: Cuotas condominales no pagan IVA

Esos pagos no están sujetos al impuesto porque carecen de valor agregado alguno.

Ricardo González.
Ricardo González. Ricardo González

En tiempos en que aumenta la construcción de condominios, como alternativa para el comercio y la vivienda, es importante realizar un breve análisis sobre procedencia o no del cobro del impuesto sobre el valor agregado (IVA) en las cuotas de mantenimiento condominales.

Sobre este tema específico, la Dirección General de Tributación (Oficio DGT-066-2021) considera que la respuesta deber ser negativa, ya que las cuotas condominales no se encuentran sujetas al IVA, de conformidad con el Reglamento de la Ley de IVA, el cual entiende dichos pagos como un caso de no sujeción al impuesto, ya que la operación carece de valor agregado alguno.

Es importante señalar que los supuestos de no sujeción impiden que se dé el cobro del impuesto, ya que no se configura el hecho generador, justamente por tratarse de presupuestos no contemplados en su alcance.

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