Judiciales

Excura Mauricio Víquez sobreseído en tres de cuatro causas por delitos sexuales

Tribunal declara prescripción de esos procesos, con lo cual exsacerdote afrontará juicio por solo cinco ilícitos, en lugar de los 64 delitos acusados por Fiscalía

Costa Rican former priest Mauricio Viquez (C) is escorted by police officers at a criminal court where he declared, in San Jose, on May 7, 2021. - Viquez was handed over "in extradition to be prosecuted for his probable responsibility in the crimes of qualified rape, sexual abuse, aggravated corruption and dissemination of pornography in detriment of underage victims," the Mexican prosecutor's office said in a statement. (Photo by Ezequiel BECERRA / AFP)
Costa Rican former priest Mauricio Viquez (C) is escorted by police officers at a criminal court where he declared, in San Jose, on May 7, 2021. - Viquez was handed over "in extradition to be prosecuted for his probable responsibility in the crimes of qualified rape, sexual abuse, aggravated corruption and dissemination of pornography in detriment of underage victims," the Mexican prosecutor's office said in a statement. (Photo by Ezequiel BECERRA / AFP) EZEQUIEL BECERRA

El Tribunal Penal de Juicio de Desamparados confirmó este martes la prescripción de tres de las cuatro denuncias por delitos sexuales que se seguían contra el excura Mauricio Víquez Lizano, por lo cual dictó un sobreseimiento a su favor. Las denuncias que fueron desestimadas son las que impusieron tres hombres de apellidos Rodríguez, Venegas y Muñoz.

Los jueces Esteban Amador, Willy Escalante y Luis Venegas señalaron que, tras analizar el expediente, se percataron de que las causas estaban extintas, ya que fueron interpuestas antes de mayo del 2019, cuando se reformó el artículo 31 del Código Procesal Penal (CPP), el cual aumentó de 10 a 25 años el plazo para poder denunciar un delito sexual tras cumplir la mayoría de edad.

“Admitir lo contrario, como lo plantea el Ministerio Público en la acusación, no es otra cosa más que incurrir en una grosera vulneración a los principios constitucionales de irretroactividad de la ley y seguridad jurídica, pues se estarían afectando situaciones jurídicas totalmente cumplidas, consolidadas y fenecidas”, indicaron los juzgadores.

‌
‌

‌

‌
‌

‌

‌