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Las trampas políticas de la ‘conciencia’

Al equiparar la oposición a la cláusula de objeción de conciencia con las luchas en pro de derechos básicos se minimizan la jerarquía de estos

Eduardo Ulibarri, mascarilla
Eduardo Ulibarri, mascarilla

Hace tres años, la Sala IV abrió el camino para el matrimonio igualitario en Costa Rica. Muchos aplaudimos. Hace siete días, la misma instancia declaró constitucional la llamada «objeción de conciencia» en la ley de empleo público. Quienes rechazamos mezclar religión y República arrugamos la cara. Sin embargo, las implicaciones de ambas decisiones son radicalmente distintas, más allá de avalar su normalización jurídica.

En el primer caso, se eliminó una inaceptable discriminación y se consolidaron derechos humanos esenciales. En el segundo, se avaló una posible excepción, que transcribo: «Los servidores públicos podrán informar a la Administración, por medio de una declaración jurada, sobre su derecho a la objeción de conciencia, cuando se vulneren sus convicciones religiosas, éticas y morales, para efectos de los programas de formación y capacitación que se determine sean obligatorios para todas las personas servidoras».

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