Consultar información en la página web del Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) tendrá nuevas condiciones. La institución estableció restricciones para acceder a datos familiares y personales mediante un reglamento publicado en un alcance del miércoles 7 de octubre del 2026 en el diario oficial La Gaceta.
La normativa, que entró en vigor con su publicación, establece que todas las personas deberán registrarse previamente para utilizar el sistema de consultas del Registro Civil. También limita la información visible sobre hijos, padres, matrimonios, divorcios y otros vínculos familiares.
El cambio forma parte del Reglamento para el Acceso y la Consulta Web de Datos Personales de Acceso General Contenidos en la Base de Datos del Registro Civil.
Según el TSE, el objetivo es regular la información personal y prevenir su utilización indebida, sin eliminar el acceso legítimo a los datos públicos.

Estos son los datos que dejarán de aparecer en las consultas generales
Uno de los principales cambios afecta la información familiar que cualquier persona podía consultar mediante el sitio web institucional.
El artículo 7 del reglamento establece que las consultas generales no mostrarán la siguiente información:
- Identidad de los hijos de la persona consultada.
- Nombres de los progenitores.
- Matrimonios: datos individuales de terceros vinculados con matrimonios.
- Divorcios y separaciones judiciales
- Viudez: datos individuales de terceros relacionados con esta condición.
- Domicilio.
- Datos biométricos: huellas dactilares, fotografías y firmas.
- Información de contacto: números telefónicos y correos electrónicos.
- Datos médicos: causas de muerte, información sobre donación de órganos ni la relacionada con la salud.
No obstante, las personas podrán continuar con la consulta de datos básicos necesarios para comprobar la identidad, existencia, estado civil o condición registral de alguien.
El reglamento también contempla que cada persona pueda consultar su propia información, incluidos los nombres de sus hijos y los detalles de matrimonios, divorcios, separaciones y viudez.
Será obligatorio crear una cuenta para ingresar al sistema
Otra modificación importante es la eliminación de las consultas sin registro previo.
De acuerdo con el artículo 10, toda persona mayor de edad deberá crear una cuenta individual antes de consultar información en la plataforma del Registro Civil.
Las cuentas serán personales e intransferibles. Esta disposición también se aplicará a quienes utilicen el servicio como representantes de instituciones públicas u organizaciones privadas.
Para registrarse, las personas costarricenses deberán acreditar su identidad mediante los mecanismos automatizados que defina el TSE.
En el caso de las personas extranjeras, será necesario presentar un documento de identidad vigente y proporcionar la información requerida para su validación.
Además, los usuarios deberán aceptar los términos y condiciones del servicio, proteger sus contraseñas y evitar compartir sus credenciales.
El TSE podrá establecer límites en la cantidad y frecuencia de consultas para prevenir abusos y proteger el funcionamiento del sistema.

TSE permitirá solicitar acceso diferenciado a datos del Registro Civil
El reglamento contempla perfiles diferenciados de consulta para personas e instituciones que necesiten acceder a información más amplia por razones justificadas.
Entre los posibles beneficiarios se encuentran las instituciones públicas para sus funcionarios, siempre que justifiquen la necesidad de consultar información conforme a sus competencias legales.
También podrán presentar solicitudes las personas físicas en general, así como los trabajadores y representantes de organizaciones privadas, gremiales o profesionales que no pertenezcan al sector público. Estas gestiones estarán sujetas a los requisitos y condiciones establecidos por el TSE.
En esos casos la Dirección General del Registro Civil deberá analizar y autorizar cada solicitud, según la finalidad de la consulta, la necesidad de utilizar los datos y los riesgos para la privacidad de las personas.
Ciudadanos podrán conocer quién consultó sus datos
Una de las disposiciones del reglamento introduce mayores controles sobre el uso de la información personal.
El TSE deberá mantener registros electrónicos de las consultas realizadas mediante su plataforma.
Estos registros, conocidos como bitácoras, permitirán identificar la cuenta utilizada, la fecha, la hora, el tipo de consulta y los datos visualizados.
Además, el artículo 27 reconoce que las personas podrán solicitar información sobre las consultas efectuadas a sus datos personales.
Para hacerlo, deberán presentar una solicitud ante la Dirección General del Registro Civil, acreditar su identidad e indicar el período que desean revisar.
La institución podrá entregar información sobre las cuentas utilizadas, las organizaciones vinculadas y las categorías de datos consultados, según los registros disponibles.
No obstante, podrá reservar información cuando su divulgación afecte derechos de terceros, comprometa la seguridad del sistema o perjudique investigaciones en curso.
Uso indebido de información podría provocar sanciones
El reglamento también establece mecanismos para detectar consultas excesivas, accesos desde dispositivos inusuales y posibles intentos de extracción sistemática de información.
Ante una anomalía, el TSE podrá suspender temporalmente una cuenta mientras investiga lo ocurrido.
La Dirección General del Registro Civil también podrá revocar definitivamente los accesos cuando compruebe irregularidades, con respeto del debido proceso.
Entre las conductas que pueden provocar la revocación del acceso al sistema se encuentran:
- Desaparición de la necesidad acreditada.
- Uso para una finalidad distinta de la autorizada.
- Uso compartido de la cuenta.
- Obtención, divulgación, comercialización o reutilización no autorizada de datos.
- Falsedad u omisión sustancial en la solicitud.
- Incumplimiento reiterado de límites o medidas de seguridad.
- Obstrucción de auditorías o incumplimiento de medidas correctivas.