El jugador pretendía que los magistrados ordenaran a la Junta de Protección Social (JPS) el pago del premio, el cual ascendía a ¢3 millones.
Las fracciones de lotería resultaron dañadas al caer por error en el electrodoméstico, alegó el recurrente ante el tribunal.
El hombre reclamó el premio ante la JPS el 1° de junio pasado y, el 17 de setiembre, la Junta le informó de que el reclamo no procedía.
“Debe tener en cuenta el amparado que resulta improcedente que este Tribunal Constitucional se pronuncie o resuelva su inconformidad con lo resuelto por la entidad recurrida, en tanto no está involucrado derecho fundamental alguno”, sentenciaron los magistrados.