El Tribunal aclaró que la suspensión no aplica de forma general para todas las instituciones públicas. La disposición rige solo para las entidades que se acojan al cierre colectivo decretado por el Poder Ejecutivo.
La Sala Constitucional indicó que mantendrá sus servicios con normalidad durante ese periodo.
En materia de habeas corpus, los plazos continuarán en días naturales. La Sala explicó que esa regla responde a lo dispuesto en el párrafo final del artículo 8 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional. Por esa razón, en los procesos no operará la suspensión de plazos entre el 6 y el 10 de julio del 2026.
La Sala Constitucional también dispuso instruir a su secretaría para que los centros penitenciarios indiquen un medio de notificación.
Agregó que el objetivo de esa instrucción es garantizar la recepción y el trámite oportuno de los recursos de habeas corpus que se presenten durante el período señalado.