El presidente Luis Guillermo Solís no podía levantar el veto a la controvertida ley que reforma el Código Procesal Laboral, concluyó la Procuraduría General de la República (PGR) en un informe entregado ayer a las 4:13 p. m. a la Sala IV, que estudia una acción de inconstitucionalidad presentada por diputados opositores .
Ocho minutos antes de que la Presidencia de la República planteara su alegato de defensa, en el último día otorgado por el alto tribunal para recoger ambos criterios, la PGR cumplió con la obligación de dar las conclusiones del estudio jurídico sobre el acuerdo 21-MPMTSS, firmado por Solís y sus ministros el 12 de diciembre, en medio de una fuerte presión política y de sectores interesados.
El documento, firmado por la procuradora general Ana Lorena Brenes, consideró que la decisión de Solís “sería inconstitucional” porque proviene de acto que también habría violado la Constitución Política y que, por tanto, anularía todo lo que se hiciera luego.
Ese acto fue responsabilidad de la presidenta Laura Chinchilla en mayo del 2013, cuando decidió levantar parcialmente el veto que ella misma había decretado en el 2012 sobre la reforma al Código Procesal Laboral, después que había sido impulsada por su ministra de Trabajo, Sandra Piszk (actual diputada) y apoyada por diputados oficialistas de ese momento.
El acuerdo firmado por Chinchilla en el 2013, el DP-316-2013, cometió el error de retirar el veto en lo correspondiente a las “ razones de constitucionalidad”, pero sin tener facultades para ello, según la Procuraduría. Se argumenta que Chinchilla debía esperar que su veto fuera acogido por los diputados y enviado a consulta en la Sala IV, como manda el artículo 128 de la Constitución.
Eso, dice la Procuraduría, anulaba todo lo que ocurriera después con esa ley.
No obstante, el mandatario Solís y sus ministros consideraron que seguía vigente el expediente, aunque congelado con el veto que Chinchilla había emitido “por razones de conveniencia”. Y eso fue lo que quisieron descongelar ese 12 de diciembre, bajo el argumento de que la ley es el mayor avance a la legislación laboral desde el Código de 1943.
Pero ya nada sería legal, opina la Procuraduría en el dictamen que no es de acatamiento obligatorio para los magistrados, dueños de la última palabra.
Polémica. De ellos depende que se aplique la ley que agiliza juicios laborales y fija medidas cautelares a favor de trabajadores que denuncien discriminación o abusos. La reforma también amplía el derecho de huelga en servicios públicos esenciales e incrementa la posibilidad de que se sindicalicen trabajadores privados.
Esa ley se convirtió en centro de una polémica intensa a finales del 2014, cuando Solís decidió activarla presionado por el Frente Amplio, el partido que hasta ahora ha sido aliado en el intento por manejar la Asamblea Legislativa. Del otro lado, dirigentes empresariales y una parte de los diputados opositores criticaron el Gobierno por esa decisión.
No fue posible ayer consultar sobre el tema al ministro de la Presidencia, Melvin Jiménez, pues su encargado de prensa, Arturo Gudiño no contestó mensajes de voz y texto. Tampoco se pudo contactar a jerarca de Trabajo, Víctor Morales, pues no contestó su teléfono celular.
Ambos firmaron el alegato que el presidente Solís remitió a la Sala Constitucional minutos después del de la Procuraduría. Alegan que, por la forma, la acción de inconstitucionalidad debería ser rechazada. Por la forma, insiste en que la Presidencia tenía las potestades y el tiempo correcto para levantar el veto.
Este es el tercer pronunciamiento de la Procuraduría contrario a decisiones de este gobierno impugnadas en la Sala IV. El primero fue sobre el levantamiento del veto a la ley que da a comerciantes de artesanía el uso de la calle 13 bis (San José) y el segundo, un criterio en contra de la permanencia de Melvin Jiménez por ser obispo luterano .