TSE cambia reglas de paridad para elecciones municipales de 2028 tras detectar que mujeres son postuladas en cantones con pocas posibilidades de ganar
Modificación responde a los resultados observados en las elecciones de 2024, cuando solo una de las siete cabeceras de provincia registró predominio de candidaturas femeninas a la alcaldía
El TSE modificó las reglas de paridad horizontal que deberán cumplir los partidos políticos para presentar candidaturas a alcaldías, sindicaturas e intendencias en las elecciones municipales de 2028. Rafael Pacheco Granados
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) modificó las reglas que deberán cumplir los partidos políticos para garantizar la paridad entre hombres y mujeres en las candidaturas a alcaldías, sindicaturas e intendencias, de cara a las elecciones municipales de 2028.
La decisión responde a que durante los comicios municipales de 2024, el Tribunal identificó que algunas agrupaciones políticas postulaban a mujeres en territorios donde tenían poca o ninguna posibilidad de ganar, mientras concentraban las candidaturas masculinas en zonas de mayor relevancia política.
El cambio fue establecido mediante la resolución 9202-E8-2026 del 9 de octubre y comunicado este jueves 15 de octubre.
Hasta ahora, la paridad horizontal se evaluaba según la escala del partido político —nacional, provincial o cantonal— y la totalidad de candidaturas presentadas.
Esto permitía que una agrupación postulara mayoritariamente a hombres en determinados territorios y compensara esa distribución con candidaturas femeninas en otros lugares, siempre que el resultado general fuera paritario.
Según el TSE, aunque ese mecanismo garantizaba formalmente una distribución igualitaria de las candidaturas, no impedía que las mujeres quedaran relegadas a territorios con menores posibilidades de obtener una victoria electoral.
En las elecciones municipales de 2024, el TSE identificó una concentración de candidaturas masculinas en la Gran Área Metropolitana. Solo en Heredia hubo predominio de postulaciones femeninas a la alcaldía entre los siete cantones cabecera de provincia. (Rafael Pacheco)
Una revisión de las candidaturas inscritas para las elecciones municipales de 2024 permitió identificar una concentración de postulaciones masculinas en la Gran Área Metropolitana (GAM).
Además, el Tribunal determinó que solo en uno de los siete cantones cabecera de provincia hubo predominio de candidaturas femeninas a la alcaldía: Heredia.
El órgano electoral señaló que esta distribución era posible porque los partidos podían compensar las postulaciones masculinas en zonas centrales con candidaturas femeninas en territorios periféricos, donde presumiblemente consideraban que tenían menor respaldo electoral.
¿Qué cambiará para las elecciones municipales de 2028?
Con las nuevas disposiciones, el TSE evaluará la paridad horizontal según el cargo al que aspiren las personas candidatas.
En las alcaldías, los partidos deberán garantizar la paridad entre las candidaturas que encabecen sus nóminas dentro de una misma provincia.
Esto significa que la distribución entre hombres y mujeres se revisará por provincia y no únicamente a partir de la totalidad de candidaturas presentadas por una agrupación política.
En las sindicaturas, la paridad se verificará por cantón. Es decir, se evaluará la distribución de hombres y mujeres que encabecen las candidaturas presentadas por un mismo partido en los distritos de ese cantón.
En las intendencias, la regla se aplicará a las candidaturas de Cóbano, Lepanto y Paquera, debido a que los tres distritos pertenecen al cantón de Puntarenas.
En cambio, no se exigirá paridad horizontal entre las candidaturas a las intendencias de San Isidro de Peñas Blancas, Tucurrique, Cervantes y Colorado, porque cada uno de esos distritos es el único con intendencia dentro de su respectivo cantón.
El TSE estableció que los partidos políticos deberán definir cuáles candidaturas a alcaldías, sindicaturas e intendencias serán encabezadas por hombres y cuáles por mujeres antes de iniciar sus procesos internos de selección para las elecciones municipales de 2028. (Rafael Pacheco Granados/Rafael Pacheco Granados)
Partidos deberán definir distribución antes de elecciones internas
El TSE estableció que las agrupaciones políticas seguirán siendo responsables de determinar en cuáles territorios encabezará una candidatura un hombre y en cuáles una mujer.
Sin embargo, esa distribución deberá ser definida por la asamblea superior de cada partido, de acuerdo con sus estatutos, antes de que comience el proceso interno de selección de candidaturas.
El Tribunal también aclaró que los partidos no están obligados a presentar candidaturas para todos los puestos disponibles.
Por esa razón, la paridad se evaluará únicamente sobre las nóminas que cada agrupación presente efectivamente para su inscripción, según el tipo de cargo y la circunscripción correspondiente.
La modificación toma en cuenta una sentencia de la Sala Constitucional de 2023, que estableció la obligación de aplicar la paridad horizontal en los cargos uninominales de los gobiernos locales.