Política

Reforma obliga al PANI a no prolongar estadía de menores en albergues de forma innecesaria

Iniciativa busca reducir los tiempos de institucionalización de las personas menores en albergues y asegurar su derecho a desarrollarse en su familia

PANI
La ley aprobada establece la obligación del PANI de llevar registros y controles de los menores, no solo en los albergues, sino también post adopción.
La ley aprobada establece que, a los tres meses de estar en un albergue, la Gerencia Técnica del PANI debe revisar medidas alternativas a la institucionalización del menor. (Archivo LN)

Un proyecto de ley aprobado, esta semana, en segundo debate, en la Asamblea Legislativa, busca reforzar los mecanismos de vigilancia y supervisión del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), y reducir al máximo el periodo que los menores de edad pasen en albergues, sean públicos o privados.

Se trata de una reforma a varios incisos de los artículos 3 y 4 de la ley orgánica de esta institución (N.° 7648), que fue aprobada, de manera unánime, por 53 diputados. Ahora solo falta que la presidenta Laura Fernández la firme para que entre en vigencia, tras su publicación en La Gaceta.

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