Opinión

Rebelión ministerial

Ministra de Justicia contra la voluntad e intereses de la sociedad

La Asamblea Legislativa, mediante la Ley Nº 7440, del 11 de octubre de 1994, estableció la censura del Estado sobre los espectáculos públicos, para impedir el acceso de los menores de edad a los que les resulten inconvenientes, y la incitación a la violencia, la guerra o el odio nacional, racial o religioso. Todo ello en forma que lo establecen la Constitución Política y la la Convención Americana de Derechos Humanos, y lo autoriza Constitución Política, porque tales actos no forman parte de la libertad de expresión.

Cuando se tramitó esta ley, algunas empresas de espectáculos públicos pretendieron que debía haber autocensura y no censura por autoridades del Estado, pero perdieron la partida porque nunca ha sido razonable poner al conejo a cuidar las zanahorias, como lo demuestra el caso del Código de Etica de los productores de Hollywood, cuyo único defecto es que nunca ha sido observado.

Faltaba, no obstante, el reglamento a dicha ley, que integrase la Oficina de Censura y las comisiones auxiliares y que, bajo los criterios de la ley estableciese las reglas más concretas para su ejecución. Por eso, el 13 de mayo de 1996 un grupo importante de ciudadanos, que incluía a destacados políticos, intelectuales, profesionales y empresarios, en cuenta al ahora presidente de la República y entonces precandidato, Miguel Angel Rodríguez Echeverría, alarmados por el incremento de la violencia en la criminalidad, y de sus evidentes raíces causales en notoria violencia en los espectáculos más populares como la televisión y el cine, nos dirigimos públicamente (Foro de La Nación de ese día) al entonces presidente Figueres pidiéndole "actuar de inmediato y sin contemplaciones" conforme a la ley porque "muchos de los programas de la televisión costarricense están causando un daño irreparable a la niñez y a la juventud, por ser portadores implacables de violencia, odio y pornografía, y como mensajeros de conceptos falsos y destructivos sobre el ser humano, la sociedad y la familia". Se recordó ahí, además, que conforme a la Ley de Radio y Televisión, las concesiones que otorga el Estado a los empresarios del espacio radioeléctrico que le pertenece, para que estos puedan operar sus estaciones, están expresamente condicionadas a que las transmisiones contribuyan a elevar el nivel cultural del país, y no a destruirlo. Asimismo, que dicha ley, junto con la de espectáculos públicos, brindaba todos los instrumentos para impedir esos males. Por eso le pedimos acción a don José María Figueres, en razón, según decimos en aquella carta pública, que "las autoridades tengan todo el control en sus manos, y que la permanencia del estado de cosas que denunciamos se deba solo a su inacción".

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