Por circular en condiciones ostensibles de temeridad, según lo publicó la prensa, el conductor de un remolque pesado aplastó un vehículo liviano y mató a los cuatro integrantes de una familia. No obstante, es puesto en libertad por el juez con una palmadita en la espalda.
En varios otros casos similares en los últimos meses, ha ocurrido lo mismo, pese a que la ley ordena que se “ordenará la prisión preventiva” cuando exista la probabilidad razonable de que el imputado es autor de un hecho punible. Lo que en estos casos llega a la dimensión de evidencia ostensible. Incluso de que sea un caso de “dolo eventual”, que, según el artículo 31 del Código Penal, ocurre cuando, sin querer directamente el resultado, necesariamente se acepta previéndolo a lo menos como posible. Tal es el caso de conducir en las condiciones de escandalosa y ostensible temeridad de estos casos, que revelan un desprecio total por los demás.
Esta indebida valoración judicial, mas aún que la culpa o dolo de los causantes, produce un efecto todavía más corrosivo contra las libertades de todos, porque, al no pasarles nada a aquellos, alienta poderosamente su conducta en otros para el futuro. De ahí que esta lenidad en aplicar la ley sea muy seria y ponga en riesgo la vida e integridad de todos.
