Los suscritos, preocupados por la enorme lesión que produce al interés público, así como el irrespeto al estado de derecho, manifestamos lo siguiente en relación con la inaceptable paralización de las obras en el aeropuerto Santamaría.
El contrato de gestión interesada, firmado como resultado de una licitación pública, estipula claramente los presupuestos y las condiciones de excepción para modificar los precios tope pactados, así como las causas válidas de alteración de la ecuación financiera acordada, y de suceder, las formas de remediarla, nada de lo cual ha ocurrido, por lo que ni la propia Alterra las alega como fundamento de sus reclamos.
El contrato reconoce al gestor por gastos de financiamiento un tope de $3,4 millones, pero Alterra pretende $21 millones para incluir otros costos sin ninguna relación, como gastos de preingeniería, abogados, comisiones, impuestos, sueldos, viajes, que son improcedentes. Aunque las inversiones efectuadas en obras suman $37 millones, Alterra contabiliza $83 millones a base de sobreprecios o utilidades encubiertas, pagados a sus subcontratistas encabezados por Bechtel- Edica, que son a la vez sus socios. Y por gastos de operación en los primeros 4 años, Alterra alega $60 millones, cuando el tope cotizado es $23 millones. Con fundamento en el cartel y el contrato, la Contraloría ha declarado ilegal el traspaso a tarifas de gastos no incorporados en la oferta original, porque implican una modificación contractual, y ordenó ajustar las tarifas, lo que no se ha cumplido.
"Desequilibrio financiero". Alegado sin ningún fundamento jurídico por Alterra, proviene entonces de sus propios actos indebidos. Además, contradice el compromiso que está en la oferta y el contrato de "lograr verdaderas reducciones en costos de operación durante los primeros 5 años de gestión, y más a futuro...y minimizar el impacto de inversiones y costos de operación sobre los usuarios con el fin de mantener... tarifas razonables".
Con la complacencia del Gobierno, se quiere recurrir al artificio de una adenda que no es tal, sino un nuevo contrato directo sin licitación que, de ejecutarse, configuraría un grave ilícito que podría llegar al campo de lo penal, porque no se pueden hacer pagos con fondos públicos en forma contraria a la autorización legal derivada de una licitación pública.
La adenda es en buena parte un simple aumento de costos: se sube al 80% la proporción de los ingresos del aeropuerto para Alterra, se incrementan los costos transferibles a tarifas, se aumentan los aportes del Estado a Alterra, se le garantiza un rendimiento y una "cobertura de deuda", y se disminuyen las obras a ejecutar. En vez de precios tope, se propone una nueva base de "costo más porcentaje", o sea, una compensación mínima garantizada, donde Alterra determina los costos compensables, aunque incluyan erogaciones infladas o innecesarias al objeto del contrato, y se pretende que Alterra reciba sobre eso una utilidad preestablecida del 30%, además de que se garantizan sus contratos financieros; todo ello en contra del contrato y del cartel.
Un nuevo contrato . De esta manera, se eliminarían todos sus riesgos financieros y operativos, que asumiría el Estado. Por tanto, no es una adenda, sino un nuevo contrato, de base y contenidos sustancialmente diferentes, que hace casi irrelevantes las disposiciones contractuales de control de costo de las obras. Comprende también otros conceptos diseñados con el fin de favorecer al Gestor (reducción en la cobertura de seguros, atrasos injustificados en las obras, disminución del alcance de servicios, extensión del plazo de manejo a 25 años -hasta el 2026-, etc). Aunque es difícil determinar el aumento real de los costos futuros, dada la ambigüedad del lenguaje -seguramente deliberada- de la adenda y su negociación en las sombras, todo esto podría llevar a pagos ilegales -por encima de lo pactado- del orden de $150 millones.
Todo esto es inaceptable, y por eso renunciaron dignamente el Viceministro y miembros del Consejo de Aviación Civil, y plantearon un "oficio de objeciones" los asesores a cargo de la fiscalización del contrato. Nos oponemos a su reemplazo con personas que se piense "domesticar" a los designios ministeriales, porque son estos los equivocados y que deben cambiar.
Dos años y medio de parálisis injustificable deben terminar mediante la aplicación de los mecanismos previstos para casos de incumplimiento que establece el contrato. El país no puede seguir sufriendo el grave daño que esto produce a su desarrollo aeroportuario, al turismo y al comercio exterior, que ya se ha prolongado demasiado. Tal es el imperioso deber del gobierno.
Rodolfo Silva V., Guillermo Constenla, Otto Escalante W., Manuel Saénz H., Rodrigo Cuesta V., Carlos Víquez J., Mauricio Gutiérrez, Roxana Salazar C., Javier Solís H., Jorge Guardia Q., Juan Fco. Montealegre, Mario Barrenechea C., Leonor Antillón S., Emilia González, Miguel Sobrado C., Juan José Sobrado C., Kattia Martin