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Rentas en el exterior: el impuesto correcto con el diseño equivocado

A esto lo llamo equidad regresiva: resultados regresivos con discurso de equidad

Desigualdad en ingresos. Manos sostienen pilas de monedas de distinto tamaño
Una reforma tributaria mal diseñada puede imponer cargas desiguales: mientras algunos inversionistas tienen vías para diferir el pago de impuestos, otros podrían asumir una mayor carga y los trabajadores ver afectados sus ahorros para la pensión. Andrey_Popov

Desde 2023, quien deja sus ahorros en un certificado a plazo en un banco costarricense paga 15% sobre los intereses. Quien los coloca en un fondo o un bono en el exterior, en la mayoría de los casos, no paga nada. Con tasas internacionales altas, esa diferencia es un incentivo para sacar el ahorro del país.

La causa es la Ley 10.381, aprobada para salir de la lista de jurisdicciones no cooperantes de la Unión Europea. Solo grava la renta pasiva extranjera de empresas de grupos multinacionales sin sustancia económica en el país. Y su artículo 2 dio por cumplida esa sustancia en las sociedades dedicadas a tener acciones o inmuebles: eximió justo a la figura que no tiene personal ni operaciones, la sociedad tenedora de los grandes patrimonios.

Dos proyectos buscan corregirlo. El 25.734, del Frente Amplio, devuelve a las empresas la obligación de tributar por la renta generada afuera con capital costarricense. Apunta bien, pero cada cobro exigiría probar el origen del dinero, el mismo criterio que la Sala Constitucional avaló en 2022, pero que antes de la reforma acumuló 36 casos en litigio por ¢36.943 millones. Tampoco evita que una misma renta pague impuesto dos veces.

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