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‘Partidos taxis o de maletín’: una distorsión del programa constitucional costarricense

Resulta imperativo regular estrictamente los cambios de afiliación partidaria durante el ejercicio de un mandato, con sanciones efectivas como la pérdida de credenciales o la obligación de devolver la curul a la agrupación que obtuvo legítimamente el apoyo ciudadano

Empresarios, políticos, reunión, acuerdos
Empresarios, políticos, reunión, acuerdos Shutterstock
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Los “partidos taxis” o “partidos de maletín” desnaturalizan la democracia representativa al usurpar la función de intermediación entre la ciudadanía y el poder público. Imagen: Shutterstock (Shutterstock/Shutterstock)

Costa Rica se enorgullece de ser una república democrática, libre, independiente y pluricultural, como lo consagra el artículo 1 de su Constitución Política. En congruencia con ello, el artículo 9 ordena que su gobierno sea popular, representativo, participativo y alternativo. Tales principios encuentran su expresión más genuina en la existencia de partidos políticos fuertes, permanentes y estructurados, conforme al artículo 98, que los reconoce como instituciones fundamentales del sistema democrático costarricense.

No obstante, en la práctica reciente se observa un fenómeno que amenaza esta arquitectura institucional: la proliferación de los mal llamados “partidos taxis” o “partidos de maletín”. Se trata de agrupaciones creadas o utilizadas al margen de un ideario político consistente, sin estructura orgánica real ni bases militantes definidas, que operan como vehículos oportunistas para colocar candidaturas independientes y negociar apoyos circunstanciales, vaciando de contenido el ejercicio de la representación política.

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