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Neutralización delos privados de libertad

El fin de la cárcel debe ser resocializar, no neutralizar a los condenados

Se discute actualmente en la Asamblea Legislativa un proyecto de ley – impulsado por el Movimiento Libertario–, en el cual se pretende reformar los artículos 64, 65 y 67 del Código Penal para hacer más rigurosos los requisitos para la concesión del beneficio carcelario de libertad condicional.

El proyecto elimina la posibilidad de otorgar el beneficio en ciertos delitos considerados de gravedad, y en todos los demás casos aplaza esta posibilidad supeditándola a que se hayan cumplido dos tercios de la pena (y no la mitad, como en la actualidad).

De primera entrada, la imprecisa redacción propuesta para esta reforma constituye un nuevo ejemplo de la simpleza e irracionalidad con la que muchos de nuestros legisladores abordan los temas penales. Esta ambiguedad permite que la reforma abarque la gran mayoría de los delitos de nuestro ordenamiento, llevando a lo que ya fue adecuadamente calificado por un reciente editorial de este periódico como una “abolición de la libertad condicional”.

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