Opinión

El TLC requiere 2/3 de los votos

EE. UU. solo pide que el TLC se ratifique, no con cualidades superiores que no ofrece


      
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El artículo 121.4 de la Constitución Política dispone que los tratados que transfieran competencias estatales a un "ordenamiento jurídico comunitario" requieren la aprobación de la Asamblea Legislativa por votación "no menor de los dos tercios de la totalidad de sus miembros". Es una excepción calificada, y por tanto de interpretación restrictiva a: I ) el principio de que "ninguno de los poderes puede delegar el ejercicio de funciones que le son propias" (art. 9 idem) ; II ) en el caso del TLC, a la regla que prohíbe la discriminación (art. 33) entre extranjeros y nacionales, y establece la igualdad de derechos entre ambos, salvo en los electivos (art. 19); III) igualmente, a la regla del art. 43, que solo permite someter a arbitraje lo patrimonial y no la legalidad de los actos públicos, cuya determinación el art. 49 remite a una función especializada del Poder Judicial .

Así, solo estirando el concepto del 121.4, y necesariamente mediante la mayoría calificada dicha, se podría aceptar a duras penas que inversionistas extranjeros, que operan en Costa Rica y según sus leyes y jurisdicción -como establece el TLC-, a diferencia de los nacionales, puedan llevar obligatoriamente sus controversias con los actos públicos del Estado costarricense a arbitraje en el extranjero, e incluso según leyes diferentes; pero un daño patrimonial es ilícito solo si lo es el acto público, que es su necesario antecedente causal, y tal juzgamiento viola el principio constitucional de que solo lo patrimonial se puede someter a arbitraje.

Transferencia prohibida. Se pretende contestar que tal mayoría solo se requiere cuando se transfieran las competencias a "un ordenamiento comunitario", y se afirma que el TLC no lo es; pero, sin perjuicio de que lo es, si no lo fuera, el argumento se vuelve en contra porque, dado que la citada regla es una excepción a la prohibición de desmembrar las competencias del Estado, la transferencia entonces estaría prohibida.

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