Opinión

Corrección indispensable

Un peligroso portillo en el proyecto de concesión de obra pública

El error de concepción legal en el proyecto de ley de concesión de obra pública, a punto de ser aprobado por la Asamblea Legislativa, de considerar la adjudicación de la concesión de obra pública con una visión economicista y no de contrato -como lo es-, cuya posibilidad bajo el régimen de licitación pública requiere la determinación previa de la cosa en el cartel y del precio en las ofertas, pone en riesgo al país de que sus obras y los servicios públicos caigan en manos de empresas "lavadoras" del narcotráfico.

Dicho proyecto no exige que las especificaciones de la obra estén determinadas en el cartel, sino que el diseño deben hacerlo los mismos oferentes según bases muy generales, como la carretera tal o el puerto tal. Tal circunstancia destruye en sus mismas bases el régimen de licitación pública que, por imperativo constitucional, debe presidir las obras públicas porque no se pueden comparar cosas desiguales. Para que exista el régimen de licitación, la cosa sujeta a oferta debe estar determinada en el cartel, de modo que todas las ofertas recaigan sobre cosas iguales, que puedan ser objeto de comparación.

Igualmente el proyecto no exige, como debiera, la determinación de un precio para la cosa por los oferentes. Ciertamente, debido a que tal precio lo pagarán los usuarios futuros conforme una utilización que se desconoce, debe quedar sujeto a fórmulas que permitan manejar dichas variables desconocidas, sin alterar el valor ni la ecuación económica del contrato, que es lo que importa y que debe quedar determinada. Pero, con estas salvedades, iguales para todos, debe cotizarse un precio que permita hacer comparaciones válidas y justas sobre la base de aquella cosa cierta y determinada, igualmente para todos.

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