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La democracia necesita presidentes con fecha de salida

La democracia costarricense depende de que existan reglas capaces de garantizar que nadie, en su ambición desequilibrada de poder, pueda extender indefinidamente el ejercicio temporal de este

Elecciones 2026
En Costa Rica, en 2003, la Sala Constitucional restableció la reelección no consecutiva con un intervalo de dos periodos presidenciales (ocho años). En esta foto ilustrativa, la preparación de las aulas para la jornada electoral del pasado 1.° de febrero en la Escuela Central de Tres Ríos. Jonathan Jimenez Flores

Los límites a la reelección presidencial protegen un principio fundamental de la democracia: la rotación en el poder. Thomas Jefferson lo definió como “la obligación de quien ocupa el cargo de cesar en sus funciones al cabo de un determinado periodo”.

Los tipos de reelección pueden ser más o menos restrictivos, según las particularidades de cada cultura política. En algunos países, los límites son de intervalo o alternos, es decir, cuando la reelección puede darse solo tras uno o más periodos de que el gobernante haya finalizado su mandato constitucional (v.g., Chile, Costa Rica, Uruguay).

En otras, se admite la reelección de forma inmediata por una única vez; este es el modelo aplicado en Estados Unidos y que fue adoptado por algunos países latinoamericanos durante la década de 1990 (Argentina y Brasil).

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