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Eutanasia: cuando un padre se interpone entre su hijo y la muerte

Lo que en el derecho español pasa por incertidumbre, en el nuestro supongo que es oscuridad

Carlos Arguedas Ramírez, columnista de La Nación de Costa Rica, exmagistrado de la Sala Constitucional y exdiputado, actualmente consultor internacional y socio de DPI Legal.
Carlos Arguedas Ramírez, columnista de La Nación de Costa Rica, exmagistrado de la Sala Constitucional y exdiputado, actualmente consultor internacional y socio de DPI Legal. Alejandro Gamboa Madrigal

El diario español El País divulgó información sobre la controversia judicial provocada por la eutanasia de un hombre de 56 años a la que se ha opuesto su padre, que tiene 96. Desde hace más de dos años, el hijo está autorizado para recibir la eutanasia, pero la oposición parental ha impedido que esta se lleve a cabo.

La cuestión que se discute, dice el periódico, es “la legitimidad de un padre para decidir sobre la eutanasia de su hijo”. Lo novedoso es que la justicia española ha admitido el interés legítimo de los padres para oponerse, aclarando la incertidumbre regulatoria de las disposiciones legales que en ese país rigen esta materia. No obstante, el anciano progenitor, fatigado por esa lucha, “ha decidido tirar la toalla y no continuar con la batalla”, dejando en libertad a su hijo para que reemprenda “el camino de la ayuda a morir”.

Lo que en el derecho español pasa por incertidumbre, en el nuestro supongo que es oscuridad. Esta circunstancia me movió a presentar a la Asamblea Legislativa a finales de 2014, en compañía de otro diputado, un Proyecto de Ley sobre muerte digna de pacientes en estado terminal que, hasta donde recuerdo, no tuvo ningún eco en el remiso ambiente legislativo. De hecho, el proyecto se archivó casi cuatro años después, sin que nadie dijera ni tus ni mus.

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