Opinión

Apelación, ¿sí o no?

Licitaciones: carteles claros y realización de un contradictorio previo

Como abejones de mayo, en forma recurrente se alzan voces que atribuyen el atraso en las licitaciones públicas al derecho de apelación ante la Contraloría. Pero, igual que el cornudo que atribuye el adulterio a la cama, confunden el efecto con la causa.

La posibilidad de que la decisión sea revisada por una instancia independiente y de poder superior es un mecanismo indispensable para que la licitación cumpla su propósito y no se convierta en una contratación directa en que los funcionarios, que no son los dueños, dispongan a su antojo de los bienes públicos. Por el contrario, aunque existan abusos, normalmente las apelaciones son manifestación de una patología negocial: alguien fue víctima de una confusión del cartel, de un error o de una arbitrariedad de los funcionarios, y por eso apela, aunque no necesariamente tenga razón.

¿Por qué, entonces, las apelaciones no se resuelven bien o pronto, y a ellas se atribuye buena parte del atraso en la tramitación de las obras públicas? Porque el problema no está en el trámite mismo, indispensable, sino en otros factores. Tampoco en la Ley de la contratación administrativa , como dicen otros, igualmente equivocados, que es sustanciosa y buena, sino en otros factores fácilmente corregibles, pero que no lo han sido y que evidencian, por eso, la ineptitud de los gobernantes.

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