Opinión

Agua en canasto

Tal es el instrumento para cobrar los impuestos de aduana

La Ley de Aduanas , de la que dependen casi la mitad de los ingresos fiscales, reformada en 1995 mediante copia de un modelo francés, entregó a los declarantes la liquidación y tasación de los impuestos en aduana –o sea las aduanas– con la idea de trasladar el control estatal a la fase de comercialización interna, mediante el cruce con la contabilidad de los comerciantes en sus diversos niveles.

Con esa idea se desarticularon las aduanas, cuyo personal se redujo drásticamente, único caso en que el empleo público bajó en el horizonte general estatal de incremento de la burocracia. Por eso el personal actual sería completamente insuficiente para revisar todas las pólizas, de las que apenas se revisa un 10 por ciento. Asimismo, se descuidó la preparación específica del personal en materia aduanera, lo que hace bajar aún más el rendimiento del sistema.

Pero, por supuesto, nada se hizo en el sentido del control a posteriori que se pretendía establecer, cuyo logro era evidente que requería una profunda reforma tributaria general. Porque el control desde la contabilidad de los expendedores y distribuidores requiere la generalización e informatización de las labores de la Tributación Directa y el registro de todo el comercio, lo que no existe y tardaría mucho en lograrse, si es que alguna vez se logra.

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