UNA rechaza exclusión de anticoncepción de emergencia y cuestiona prueba de embarazo obligatoria que la OMS no exige para víctimas de violación
Diputadas condicionaron la reincorporación del medicamento a una prueba de embarazo obligatoria, pese a que la OMS no exige ese requisito
La anticoncepción de emergencia permite prevenir embarazos después de una relación sexual sin protección. La OMS aclara que este medicamento no provoca abortos ni interrumpe embarazos establecidos. UNA
La institución advirtió de que esta decisión debilita las garantías legales para prevenir embarazos producto de una violación, especialmente entre niñas, adolescentes y mujeres.
La exclusión ocurrió el miércoles 21 de octubre, cuando la Comisión de la Mujer de la Asamblea Legislativa aprobó un texto sustitutivo del expediente 23.633, mediante una moción de fondo.
La propuesta recibió seis votos a favor y uno en contra. La respaldaron las diputadas de Pueblo Soberano (PPSO) Kattia Calvo Cruz, Kattia Mora Montoya, Ana Ruth Esquivel Medrano y Mayuli Ortega Guzmán, así como la del Partido Liberación Nacional (PLN) Karen Alfaro Jiménez y Andrea Valverde Palavicini. Solo Vianey Mora, del Frente Amplio (FA), votó en contra.
Este jueves, las diputadas de Pueblo Soberano se comprometieron a reincorporar la anticoncepción de emergencia, pero establecieron como condición que las víctimas de violación sexual se sometan obligatoriamente a una prueba de embarazo.
Las diputadas de Pueblo Soberano condicionaron la reincorporación de la anticoncepción de emergencia a una prueba de embarazo obligatoria para las víctimas de violación sexual, pese a que la OMS no exige ese requisito. (Aarón Sequeira/La Nación)
OMS no exige prueba de embarazo para suministrar anticonceptivo
La Organización Mundial de la Salud (OMS) establece que no es necesario realizar una prueba de embarazo antes de ofrecer anticoncepción de emergencia a niñas y adolescentes sobrevivientes de violencia sexual.
Según el organismo, el levonorgestrel, medicamento utilizado para prevenir embarazos, actúa principalmente al impedir o retrasar la ovulación. No provoca abortos ni interrumpe embarazos establecidos.
El IEM-UNA alertó de que imponer requisitos sin fundamento clínico puede retrasar el suministro del medicamento y reducir su efectividad, pues debe administrarse lo antes posible.
La institución aclaró que la exclusión del proyecto no elimina el acceso al anticonceptivo mediante el protocolo vigente ni su disponibilidad en el sector privado. Sin embargo, considera necesario garantizarlo expresamente mediante una ley.
Delitos sexuales contra menores aumentaron un 11,5%
El pronunciamiento también destacó datos del Poder Judicial sobre delitos sexuales contra personas menores de edad.
Los casos ingresados a los tribunales penales y de flagrancia pasaron de 1.816 en el 2024 a 2.025 en el 2025, lo que representa un incremento del 11,5%.
Además, el 83,9% de los registros de personas intervinientes contabilizados durante ambos años correspondió al sexo femenino.
Ante este panorama, la UNA solicitó a la Asamblea Legislativa reincorporar la anticoncepción de emergencia entre los servicios mínimos garantizados por el proyecto, sin barreras que retrasen su acceso.
También pidió asegurar una atención integral que incluya acompañamiento psicológico, prevención de infecciones de transmisión sexual y acceso a la justicia.
Colaboraron con esta información los periodistas Aarón Sequeira y Jailine González.