Los patronos tenían tiempo hasta este martes 20 de diciembre para completar el pago
29/11/2018. Tibás, GN Medios. App del MTSS. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social sacó una nueva aplicación con información como salario mínimo, cálculo de aguinaldo o cesantías y teléfonos para denuncias. Fotos Melissa Fernández Melissa Fernández
Si al finalizar este martes 20 de diciembre su patrono no le ha pagado el aguinaldo correspondiente a este año, usted puede presentar una denuncia ante el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
Para canalizar la queja únicamente debe aportar la información de su empleador; puede hacerlo por distintos vías.
Las denuncias se pueden presentar de manera presencial en las oficinas del Ministerio de Trabajo, las cuales se mantendrán abiertas para atender estos casos los días 21, 22, 23, 26 , 27 y 28 de diciembre, así como el 3 y 4 de enero del 2023. El horario aplica tanto para las sedes de San José, como en Cartago, Alajuela, Liberia, Pérez Zeledón, Puntarenas, Limón y San Carlos.
También se puede presentar mediante la línea telefónica 800-trabajo (800-8722256) y en el Facebook oficial https://www.facebook.com/TrabajoCR.
La denuncia, incluso, puede plantearse de manera anónima, sin decir su nombre, explicó Francisco Quesada León, coordinador de Campaña de Aguinaldo 2022, del Ministerio de Trabajo.
Para interponer la queja, el trabajador debe brindar la dirección exacta del lugar de la industria o establecimiento y el nombre del patrono si lo tiene. Con esta información se realiza una inspección en el sitio para prevenir sobre el no pago, explicó el funcionario.
Los asalariados pueden presentar la denuncia a través de la página del Ministerio de Trabajo e incluso por redes sociales. (Melissa Fernández)
Todas las personas que tengan más de un mes trabajando con el mismo patrono tienen derecho al pago de aguinaldo.
El cálculo del monto que corresponde se obtiene sumando los salarios recibidos en los últimos 12 meses; esa suma hay que dividirla entre 12. El resultado es lo que debe recibir.
Para la suma también se debe incluir los pagos ordinarios, extraordinarios y en especie, como horas o días extra, feriados, así como cualquier otro giro salarial que se haya realizado en el periodo, tales como premios e incentivos.
Los patronos que incumplan o se atrasen con esta obligación se exponen a multas que van desde los ¢462.200 así como a procedimientos administrativos que pueden, incluso, derivar en cierres de los negocios.