Política

Sala IV declara constitucionales estos 8 cambios en las huelgas

08/07/2019/ Inicia marcha del sector salud desde el parque de la Merced hacia la CCSS / John Durán
08/07/2019/ Inicia marcha del sector salud desde el parque de la Merced hacia la CCSS / John Durán
Los empleados que presten servicios de salud o de educación no podrán ir a huelga, según aval constitucional. Foto: John Durán

Al analizar las consultas de los diputados sobre el proyecto de regulación de huelgas, la Sala IV declaró constituciones las siguientes reformas:

-La suspensión del pago de salarios durante las huelgas. El patrono no está obligado a pagar, como el trabajador tampoco está obligado a laborar en huelga, a menos de que un juez determine que la razón del movimiento es un incumplimiento grave de los jefes o del Código de Trabajo; en ese caso, el patrono deberá hacer el pago retroactivo.

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