Este tributo grava la venta, importación, producción y transferencia de bienes y servicios considerados no esenciales o de lujo, con tasas variables según el tipo de mercancía. Se trata de productos que suelen ser adquiridos por personas con mayores ingresos, explicó a La Nación Priscilla Piedra, socia de impuestos y servicios legales de Deloitte Costa Rica.
El decreto, publicado este martes en el alcance 41 de La Gaceta, está firmado por el presidente Rodrigo Chaves Robles y el ministro de Hacienda, Nogui Acosta Jaén. La medida modifica la Reforma Tributaria y Ley de Consolidación de Impuestos Selectivos de Consumo (Ley N.º 4961).
Según el documento, el primer ajuste entrará en vigor el 31 de marzo y reducirá gradualmente la tarifa del impuesto hasta llegar al 10% en 17 productos, incluyendo el champú, desodorantes, jabón líquido y artículos para el afeitado. La disminución será anual, con una reducción del 5% sobre la tarifa vigente, hasta alcanzar el nuevo porcentaje en un plazo máximo de cuatro años.
Por ejemplo, el champú, que actualmente tiene una tarifa del 15% por concepto del ISC, alcanzará el 10% el 31 de marzo del 2026, con una reducción del 5% en el primer año. En cambio, productos como lacas para el cabello o desodorantes, gravados con un 30%, alcanzarán esa misma tasa en el 2029, pues bajarán de forma progresiva cinco puntos porcentuales anualmente.
El segundo ajuste comenzará a regir el 30 de junio y reducirá progresivamente el tributo hasta su eliminación (0%). Esta medida aplicará a productos como pinturas de cobre, empleadas en la pesca marina, así como bloqueador líquido, suavizantes para ropa y enjuagues bucales.
Según el sistema de Tecnología de Información para el Control Aduanero (TICA) del Ministerio de Hacienda, los 27 productos incluidos en este segundo ajuste tienen una tarifa del 5% por concepto del ISC. Esto significa que, para el 2026, todos quedarían exentos del impuesto, conforme lo establece el decreto.
El tercer y último ajuste entrará en vigor el 30 de setiembre y reducirá progresivamente la tarifa de los 16 productos restantes hasta un 15%. Entre estos figuran insumos para la propulsión de vehículos eléctricos e iones de litio, así como bujías de encendido y magnetos.
Actualmente, la mayoría de estos bienes están gravados con un 25%, aunque algunos alcanzan el 30%, mientras que ciertas piezas ya están exentas. En el caso de los que tienen una tarifa del 25%, la reducción al 15% se completará en 2027.
El decreto fue firmado por la Presidencia y el ministro de Hacienda el 3 de febrero; sin embargo, su publicación en el Diario Oficial La Gaceta ocurrió hasta el 25 de marzo.