La falta de fundamentación de la condena contra tres hombres por los violentos atracos contra dos joyerías de lujo, en Escazú, en 2017, llevaron al Tribunal de Apelaciones a anular la sentencia y ordenar un nuevo debate. Será el tercero.
Para los jueces el fallo emitido por el Tribunal de Pavas en diciembre de 2019 que impuso 15 años de prisión a los acusados, no explicó cómo se configuró el delito y refirió “meras elucubraciones”.
“El Tribunal de instancia (sede de Pavas) no logró fundamentar de manera adecuada su resolución (ni) exponer razones válidas del porqué, a partir de la valoración de la prueba, se pudo establecer la participación de los justiciables en los delitos acusados, pues no se explicó cómo se configuró el elemento objetivo y subjetivo del tipo penal en ambas delincuencias. Limitándose así el fallo a referir a meras elucubraciones”.
Los imputados son Javier Licmaym Flores Casas, Sergio Mauricio Mondragón Martiarena y Gonzalo Ramírez Santacruz, a quienes se les achaca la comisión de dos robos ocurridos el 31 de octubre del 2017 en la joyería Eurochronos y en Tiempo Global, en Escazú.
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Ellos afrontaron un primer juicio en marzo del 2019, donde fueron condenados a 16 años de cárcel. Sin embargo, una primera apelación de la defensa provocó que anularan ese primer fallo y ordenaran un juicio de reenvío.
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En ese nuevo debate, realizado el 20 de diciembre del 2019, los jueces los sentenciaron a 15 años de prisión y, por considerar que el fallo estaba sin fundamentación, los defensores volvieron a apelar.
Ese recurso fue el que se analizó en una audiencia, ocurrida en octubre pasado en Goicoechea y en la cual se anuló esa condena y se ordenó otro juicio de reenvío.
Para el Tribunal de Apelación de Sentencia, ese segundo fallo del Tribunal de Pavas no tenía fundamentación sólida y por el contrario, dijeron, parecía producto de la imaginación.
Señalaron que se tiene por cierto que, por ejemplo, los tres imputados, junto a Mariana Montes Ibarra (otra imputada y quien sí tiene sentencia en firme), intentaron salir de Costa Rica el mismo día llevando consigo la mercadería robada, así como que los cuatro se conocían de previo y que tenían una relación de amistad.
“Sin embargo, tales elementos debieron ser ponderados para determinar si a partir de esas acciones los delitos de robo agravado y asociación ilícita podían tenerse por probados, pero ello no se hizo así. El Tribunal de instancia no ahondó en los fundamentos para establecer en qué consistió esa coordinación, el acuerdo previo, la distribución de funciones.
“Ciertamente, una relación de amistad o de conocimiento previo entre los imputados no es prueba suficiente para establecer el delito de asociación ilícita y tampoco de robo agravado, pues claramente para que pueda acreditarse la coautoría debe demostrarse que existía el conocimiento y la voluntad de participar de los ilícitos endilgados”, se lee en la resolución Nº 01676 - 2020, de octubre pasado.
El Tribunal de Apelación insistió en que el hecho de que eso no esté en el fallo es un yerro del Tribunal de Pavas, ya que este del todo “no logró explicar a partir del análisis de la prueba, cuál fue el dolo de los encartados en las delincuencias acusadas, es decir, cómo, en cada caso en particular, se acreditó el elemento objetivo y subjetivo del tipo penal”.
Así la situación, ordenó otro juicio de reenvío, al tiempo en el que prorrogó la prisión preventiva en contra de los tres imputados.
Sobre esto, el Ministerio Público indicó que está a la espera de la programación.
El Poder Judicial, por su parte, comunicó que el expediente aún se encuentra en el Tribunal de Apelación de Sentencia de Goicoechea. Entonces, como aún no ha sido devuelto al Tribunal de Pavas, no se ha hecho el señalamiento respectivo.
Situación diversa
Ese mismo Tribunal de Apelación también recibió un recurso de la defensa de Mariana Montes Ibarra, otra imputada en este caso.
Ella, al igual que los otros tres, también fue a juicio en marzo y recibió la misma condena de 16 años. En ese momento, apelaron y lograron traerse abajo el fallo.
En el segundo debate la sentenciaron, al igual que al resto, a 15 años de encarcelamiento. Sin embargo, no corrió con la misma suerte de los otros imputados a quienes les volvieron a anular la condena.
A Montes Ibarra, por el contrario, le declararon sin lugar el recurso, dejando en firme el fallo del Tribunal de Pavas.
En la resolución Nº 01676 - 2020, los jueces de Apelación explican: “Analizada la fundamentación del quantum de la pena impuesta, así como las razones que se dieron para establecerla, esta Cámara estima que la misma se encuentra debidamente fundamentada”.
Aseguraron que, en este caso, los juzgadores de Pavas sí supieron justificar la decisión de hasta alejarse de la pena mínima por cada ilícito.
“En razón de lo anterior, y por no haberse demostrado los yerros que acusan los impugnantes, se declara sin lugar el recurso de apelación (...) manteniéndose incólume la sentencia impugnada”, concluyó el Tribunal de Apelación.
Otros involucrados
No obstante, estos cuatro sujetos no son los únicos relacionados con estos asaltos. Otro hombre y otra mujer también están involucrados.
En el caso del individuo, la Fiscalía señaló que es un sospechoso de apellidos Vargas Duarte, quien fue extraditado a finales de noviembre aproximadamente.
Él se encontraba en Uruguay cumpliendo una condena por delitos de la misma naturaleza, informó el ente acusador.
“Por medio de la Oficina de Asesoría Técnica y Relaciones Internacionales del Ministerio Público, se solicitó la extradición del imputado para que enfrente este proceso penal”, señaló en el correo electrónico enviado.
Una vez en Costa Rica, las autoridades le tomaron la declaración indagatoria y, luego, solicitaron ante el juez la imposición de prisión preventiva. Dicha petitoria fue acogida.
En tanto, la Fiscalía “trabaja en las últimas diligencias de investigación, para remitir el expediente al Juzgado Penal con el requerimiento conclusivo correspondiente”, agregó.
Por su parte, la mujer involucrada con estos robos millonarios es María Margarita Salas De Valenzuela, quien estuvo en fuga por un tiempo, pero que fue detenida cuando ingresó al país de nuevo.
“En este caso, Salas aceptó los hechos acusados por el Ministerio Público y se sometió a un procedimiento especial abreviado, en el que se le sentenció a ocho años y ocho meses de prisión; pena que se encuentra en firme”, apuntó la oficina de prensa del Ministerio Público.