Una propuesta de ley, presentada por congresistas del PLN y el PUSC, pretende prohibir la doble postulación con el propósito de evitar que la carrera presidencial se convierta en un recurso para llegar al Congreso.
Según el criterio de los proponentes, la doble postulación produce el surgimiento de «candidaturas presidenciales fantasmas», las cuales «solo buscan notoriedad» para llegar a la Asamblea Legislativa.
La atomización y multiplicación de partidos políticos no tiene su origen en lo que el proyecto procura eliminar, sino en una crisis de representación mucho más compleja y profunda, ligada a fenómenos como la corporativización de la política, las crisis económica y de identidad, la globalización y el retorno del discurso religioso. La iniciativa, sin embargo, no atiende ninguna de estas causas.
Los promotores ignoran que el régimen político establecido en la Constitución de 1949 no es estrictamente presidencialista, sino que está teñido de parlamentarismo.
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Pese a haber rechazo el modelo de semiparlamentarismo pleno propuesto por el proyecto de carta magna de 1949, los constituyentes admitieron una dosis de parlamentarismo que modifica bastante el concepto presidencialista que habíamos tenido hasta entonces como país y que garantiza un ejercicio de poder menos absoluto del Ejecutivo. Presuponer, como los impulsores de la iniciativa, que los dos primeros poderes son incompatibles y enteramente ajenos es un error que no se ajusta al texto constitucional.
Además, al proscribir la doble candidatura, el proyecto restringe la oferta electoral y el derecho fundamental a elegir y ser elegido, lo que resulta un sinsentido poco democrático.
La reforma que dio pie a la posibilidad de presentar dobles candidaturas fue propuesta en 1994 porque, según la exposición de motivos, «uno de los factores que más distorsionan el funcionamiento de nuestro sistema político lo constituye el hecho de que el liderazgo de la oposición se ejerce extraparlamentariamente, es decir, desde fuera de la Asamblea Legislativa» y «los líderes de la oposición —que son algunas veces los candidatos presidenciales vencidos en las elecciones— deben ejercer su liderazgo» a través de quienes poseen asiento en la Asamblea Legislativa.
La doble postulación beneficia a los grupos minoritarios, pues su líder es más visible en la contienda electoral y eso les otorga criterios para valorar la continuidad de esa persona. Si esta resulta elegida diputada, merece continuar como cabeza del partido, pero si ni siquiera alcanzó una curul, el partido sabrá que llegó la hora de hacer cambios.
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Empero, también el ganador y el sistema democrático resultan beneficiados de la doble postulación. La oposición contará con sus líderes en el parlamento y el ejecutivo tiene, en principio, con quien negociar la agenda legislativa sin intervenciones externas en los espacios institucionales. Todo esto se vería truncado, si se elimina la posibilidad de presentar candidaturas a la presidencia y a la diputación a la vez, con el fin de perseguir fantasmas.
Algunos autores incluso han propuesto ir más allá y hacer obligatorio el sistema de doble postulación. Así, se reduciría la subasta de curules a cambio de apoyo para el presidenciable y evitaría que quien pretenda volver a postularse a la presidencia se refugie en el silencio entre campañas que le permitieran eludir responsabilidades y dedicarse a combatir los proyectos del gobierno, sin tener que ofrecer o apoyar soluciones a los problemas. Discutámoslo.
antonio.trejos.mazariegos@gmail.com
El autor es asesor parlamentario.