La cantidad de personas privadas de libertad que por motivos de salud han sido trasladadas a otras modalidades como la reubicación en un régimen semiinstitucional (donde pasan solo unas noches por semana), el uso de tobilleras o la salida de prisión firmando en juzgados, se multiplicó a raíz de la pandemia por la covid-19, pues pasó de cinco beneficiarios en el 2019, a un total de 248 en el 2020.
De igual manera, en los primeros nueve meses de este año, otras 40 personas privadas de libertad se han sumado a esa lista de beneficiarios. El Ministerio de Justicia confirmó que esos traslados al régimen semi-institucional y otras modalidades, son de forma temporal, mientras esté vigente la alerta sanitaria y obedecen a razones humanitarias, con base en una circular emitida el 21 de abril del año pasado (N.° 4-2020), con motivo de la pandemia.
Ese documento se originó a raíz de un decreto presidencial y de la alerta dictada por las autoridades de Salud y la Comisión Nacional de Emergencias, así como por una serie de medidas correctivas emitidas por los Juzgados de Ejecución de la Pena de Limón, San José y Cartago para los diferentes centros penitenciarios.
Así las cosas, el Instituto Nacional de Criminología autorizó la valoración extraordinaria para personas vulnerables y de alto riesgo en casos diagnosticados con complicaciones severas por hipertensión, diabetes, obesidad mórbida e insuficiencia renal. También para pacientes inmunosuprimidos como aquellos diagnosticados con VIH, enfermedades autoinmunes, pacientes oncológicos, o con esclerosis múltiple, bronquitis crónica, asma, enfisema pulmonar (EPOC), y enfermedades obstructivas del pulmón y enfermedades cardiacas.
A ese grupo se unen mujeres embarazadas o con niños en la casa cuna, así como a personas mayores de 65 años. Mientras esté vigente el decreto de emergencia se debe continuar con la valoración de aquellas personas sentenciadas o indiciadas que por orden de algún juez lleguen a las órdenes de Adaptación Social y presenten esos riesgos. Aunque prevalecen los criterios médicos, también se consideran aspectos psicológicos, de trabajo social y legales, como por ejemplo si la persona tiene pendientes juicios por otras causas. Dependiendo de cada caso se dispone la medida que se otorga.
Esas movilizaciones de personas con riesgo, así como la cuarentena en módulos de aislamiento para quienes ingresan por primera vez a centros penitenciarios y demás protocolos, hacen que el porcentaje de afectación por covid-19 en las cárceles esté muy por debajo del promedio nacional.
Cuando han transcurrido más de 19 meses desde que se detectó el primer deceso en nuestro país a raíz de la covid-19, el total de fallecidos hasta este 25 de octubre es de 6.983 personas, de ellas solo 25 han sido privados de libertad. La más reciente defunción fue la de un hombre adscrito al Centro de Atención Semiinstitucional San Agustín, en Heredia, quien falleció el 30 de setiembre. En cuanto al total de afectados por el virus en cárceles, la cifra es de 3.939 hasta la segunda semana de octubre.
Algunos policías penitenciarios del Ministerio de Justicia y otros encargados de la atención de privados de libertad, también se han visto contagiados por el coronavirus. El informe del 12 de octubre registra 852 de esos empleados públicos recuperados y nueve casos activos.