El precio internacional del petróleo ha sufrido un descenso significativo y continuo desde mediados del año anterior, hasta alcanzar, el 13 de enero del presente año, el nivel más bajo en el último quinquenio ($45,72 por barril para el crudo liviano Nymex, cotizado en la bolsa de Nueva York). Este comportamiento se debe, según los expertos, al aumento significativo de los inventarios en los países productores, especialmente en Estados Unidos, donde se ha tomado una política de autoconsumo, disminuyendo, e inclusive eliminando, la importación del crudo. Además, el ambiente geopolítico mundial se ha mantenido estable.
Ante este panorama mundial, en los últimos días se han dado múltiples cuestionamientos sobre el porqué no se refleja en Costa Rica esta caída en los precios de los combustibles que se consumen, incluso muchos no entienden la labor de la Autoridad Reguladora como la encargada de fijar esos precios. Por lo tanto, es necesario aclarar unos puntos sobre este tema para indicar que, efectivamente, los precios en nuestro país sí han disminuido y, de mantenerse la situación mundial, es probable que continúen bajando.
Referencia para Costa Rica. Se debe tener presente que el país no importa crudo sino productos terminados; es decir, gasolinas y diésel, entre otros. Hay una diferencia muy significativa entre el petróleo crudo y los combustibles terminados: el primero es la materia prima, mientras que los otros son el resultado de procesos químicos y de refinación de esa materia prima. Esto explica que existan diferencias en los precios, pues los combustibles terminados asumen los costos del proceso productivo. Por ejemplo, para el 13 de enero del 2015, el barril de crudo estaba en $45,72, mientras que la gasolina superior se cotizaba en $53,47 por barril.
Desde el 30 de setiembre del 2011, la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope) cesó su actividad de refinación, por lo cual se hizo necesario empezar a importar directamente la totalidad de los combustibles terminados de la costa del golfo en Estados Unidos. Por ende, la referencia que se toma en cuenta para las fijaciones tarifarias es la de los productos terminados, no la del crudo.
Respeto a la ley. Para ajustar tarifas, independientemente de que sean aumentos o rebajas, la Aresep debe respetar los procedimientos establecidos en la ley. Ante el cuestionamiento de que la Autoridad Reguladora realiza los trámites de aumento más ágilmente que las rebajas, es necesario aclarar que existen dos tipos de fijaciones: las ordinarias y las extraordinarias.
Normalmente, un estudio tarifario ordinario tarda tres meses, mientras que el extraordinario se concreta en 15 días naturales (tres semanas).
Para cualquiera de esos tipos de fijación, el marco jurídico nacional y la Sala Constitucional obligan a brindar, previo a cualquier decisión, un espacio para que la ciudadanía participe y presente sus posiciones a favor o en contra del ajuste tarifario.
Las fijaciones extraordinarias en los combustibles se realizan todos los meses (con base en metodología establecida en la resolución RRG 9233-2008); la fecha de corte es el segundo viernes de cada mes. Aquí, se verifican los datos de los precios internacionales de los 15 días anteriores a la fecha de corte, así como el tipo de cambio.
Semestralmente, también, se analizan los diferencias de precios que se habrían presentado entre el precio de referencia y el que realmente se tenía en el momento en que Recope realizó sus compras. Este mismo viernes se activa el procedimiento de ley (avalado por la Sala Constitucional mediante el voto 2007-06184), cuyo plazo es de 15 días naturales desde el día de corte hasta la emisión de la resolución con el cambio tarifario.
Plazos cumplidos. De acuerdo con los datos de la Intendencia de Energía de la Aresep, en el 2014 se tramitaron 12 solicitudes extraordinarias de tarifas. En siete casos se aprobaron aumentos en las tarifas de los combustibles y, en cinco, rebajas. Los estudios tarifarios extraordinarios fueron resueltos en 14,6 días naturales, en promedio, y los que implicaron rebajas tardaron 13,8 días naturales, en promedio. Esto evidencia que la Aresep cumple con los plazos y procedimientos establecidos en la ley.
Con base en estos datos, se puede afirmar que en Costa Rica sí se refleja la disminución del precio internacional de los combustibles terminados; que la Autoridad Reguladora ha cumplido con los plazos y procedimientos de ley para fijar los precios de los combustibles; y que la entidad es garante de los derechos de participación de los ciudadanos costarricenses en todos los procesos.
El autor es intendente de Energía de Aresep.